En la ciudad de Buenos Aires, a los 27 días del mes de octubre de 1999, el Tribunal Arbitral Ad Hoc del MERCOSUR que entiende en la reclamación de la República Argentina al Brasil sobre “Subsidios a la Producción y Exportación de Carne de Cerdo”, se reúne para considerar la …
Leer »Laudo Arbitral del Tribunal Arbitral – Laudo II – Laudo del Tribunal Arbitral Ad Hoc del Mercosur constituido para entender en la reclamación de la República Argentina al Brasil, sobre Subsidios a la Producción y Exportación de Carne de Cerdo
En la ciudad de Asunción del Paraguay a los 27 días de setiembre de 1999, el Tribunal Arbitral Ad Hoc del MERCOSUR constituido para decidir la controversia entre la República Argentina y el Brasil sobre la existencia de subsidios a las exportaciones de carne de cerdo, se reune con la …
Leer »Laudo Arbitral del Tribunal Arbitral – Laudo I – Laudo sobre Controversia sobre Comunicados Nº 37 del 17 de diciembre de 1997 y Nº 7 del 20 de febrero de 1998 del Departamento de Operaciones de Comercio Exterior (DECEX) de la Secretaría de Comercio Exterior (SECEX): Aplicación de Medidas Restrictivas al Comercio Recíproco
En la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, a los veintiocho (28) días del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve (1999). VISTO: Para laudo las presentes actuaciones ante este Tribunal Arbitral relativas a la controversia entre la República Argentina (Parte Reclamante) y la República Federativa de …
Leer »Tratado de Buena Vecindad, Amistad y de Cooperación entre el Principado de Andorra, la República Francesa y el Reino de España, de 1 de junio de 1993
El Principado de Andorra, la República Francesa y el Reino de España, Teniendo en consideración la situación geográfica particular del Principado de Andorra y preocupados por el respeto de sus tradiciones históricas: Deseosos de continuar las relaciones de buenos vecinos y amistad que siempre han existido entre ellos, y deseosos …
Leer »PROTOCOLO DE INGRESO DE ESPAÑA EN EL TRATADO DEL ATLÁNTICO NORTE. Bruselas, 10 de diciembre de 1981
Las Partes del Tratado del Atlántico Norte, suscrito el 4 de abril de 1949 en Washington, En el convencimiento de que la seguridad en la zona del Atlántico Norte se verá reforzada con la accesión del Reino de España a dicho Tratado. Acuerdan lo siguiente: Artículo 1.º A la entrada …
Leer »Suplemento a las observaciones y enmiendas al proyecto de Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos, propuestas por los Estados Unidos en julio de 1969 (Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos, 1969)
Suplemento a las Observaciones y Enmiendas al Anteproyecto de Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos, Propuestas por Estados Unidos en Julio de 1969 Presentado por el Gobierno de los Estados Unidos El presente SUPLEMENTO se refiere a los Artículos siguientes: Artículo 4. Derecho a no ser sometido a Torturas …
Leer »Observación preliminar y de conjunto presentada por el Gobierno de Argentina al anteproyecto de Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos (Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos, 1969)
OBSERVACIÓN PRELIMINAR Y DE CONJUNTO PRESENTADA POR EL GOBIERNO DE LA ARGENTINA AL ANTEPROYECTO DE CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS El Gobierno argentino ha estudiado con sumo interés el Anteproyecto de Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos, preparado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, teniendo …
Leer »Observaciones del Gobierno de Chile al proyecto de Convención sobre Derechos Humanos (Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos, 1969)
OBSERVACIONES DEL GOBIERNO DE CHILE AL PROYECTO DE CONVENCIÓN SOBRE DERECHOS HUMANOS El Gobierno de Chile ha estudiado detenidamente el Anteproyecto de Convención elaborado por la CIDH (doc. OEA/Ser.L/V/11.19, Doc. 48, Rev.) y ha considerado conveniente hacer llegar algunas observaciones y comentarios, reservándose el derecho para formular nuevas sugerencias en …
Leer »Reglamento (Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos, 1969)
REGLAMENTO Capítulo I CARÁCTER DE LA CONFERENCIA Artículo 1. La Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos tiene el carácter de Conferencia Especializada Interamericana, de conformidad con el Artículo 93 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos. Artículo 2. La Conferencia se reúne para considerar el Proyecto de …
Leer »Observaciones y propuestas de enmienda al proyecto de Convención Interamericana sobre Derechos Humanos presentadas por el Gobierno de los Estados Unidos de América (Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos, 1969)
OBSERVACIONES Y PROPUESTAS DE ENMIENDA AL PROYECTO DE CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS PRESENTADAS POR EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Este documento contiene las propuestas de los Estados Unidos, al primero de julio de 1969, respecto al Proyecto de Convención Interamericana sobre Protección de Derechos …
Leer »Anteproyecto de observaciones del Gobierno de México al proyecto de Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos (Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos, 1969)
De conformidad con lo dispuesto en la resolución aprobada por el Consejo de la Organización de los Estados Americanos durante la sesión celebrada el 2 de octubre próximo pasado, el Gobierno de México ha venido estudiando detenidamente el Proyecto de Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos, que más adelante …
Leer »Observaciones y comentarios al proyecto de Convención sobre Protección de Derechos Humanos presentados por el Gobierno de la República Dominicana (Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos, 1969)
OBSERVACIONES Y COMENTARIOS AL PROYECTO DE CONVENCIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS PRESENTADOS POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA Junio 20, 1969 a) Estamos de acuerdo en principio en que se tenga en cuenta el Proyecto preparado por el Consejo Interamericano de Jurisconsultos. b) Propiciaríamos, también, en que se …
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