martes, diciembre 24, 2024

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Decreto Ley 6.575 – Preferencias Comerciales Respecto de Tasas Portuarias

El Presidente provisional de la Nación Argentina, en ejercicio del Poder Legislativo, decreta con fuerza de ley: ARTICULO 1.- Declárase que el tratamiento preferencial reconocido en los convenios internacionales de comercio para las mercaderías de importación, no alcanza a las retribuciones por servicios portuarios, los que, por su naturaleza intrínseca …

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Decreto 7.035/45 – Confiscando todos los bienes muebles e inmuebles pertenecientes a Alemania y Japón

Buenos Aires, 2 de Abril de 1945. 7.035/45.- Visto el Decreto N° 6.945 por el que se declara el estado de guerra con Japón y Alemania; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al derecho internacional, todo beligerante puede confiscar los bienes del Estado enemigo que se encuentran dentro de su jurisdicción; …

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Acta de Buenos Aires (Programa de Integración y Cooperación Económica entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil, 29 de julio de 1986)

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA y EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, CONVENCIDOS: De la necesidad de convocar a sus pueblos en el esfuerzo de recorrer una trayectoria común de crecimiento y modernización que les permita superar los obstáculos de hoy y enfrentar los desafíos del siglo …

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Conferencia Especializada Económica Interamericana (Novena Conferencia Internacional Americana, Bogotá – 1948)

Conferencia Especializada Económica Interamericana La IX Conferencia Internacional Americana, En vista de que la atención de los problemas económicos del Continente es una de las aspiraciones vitales de los países que constituyen la Organización de los Estados Americanos; y en vista de que en la Conferencia de Río de Janeiro …

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R. D. 23 noviembre aceptando y poniendo en vigor con carácter provisional hasta el restablecimiento de la paz, los preceptos del XIII Convenio de La Haya de 18 de octubre de 1907 para que sirva de norma a las autoridades españolas para resolver los incidentes a que pueda dar lugar la presencia de los buques de países beligerantes en nuestros puertos, y fijando un límite a la zona marítima en que dichas autoridades deban aplicar esos preceptos

23 de noviembre de 1914. Artículo I. Para los efectos de la neutralidad declarada por España en relación con la guerra actual, todas las autoridades y funcionarios del Estado, así como las provinciales y municipales, ajustarán su conducta y sus disposiciones a los preceptos contenidos en el XIII Convenio de …

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