Presidente Provisional Artículo 1. El Secretario de Estado de la República de Cuba, o la persona que el Jefe del Poder Ejecutivo designe, abrirá y presidirá, con carácter provisional, la sesión inaugural de la Conferencia y las subsecuentes hasta que el Presidente permanente sea electo. Funcionarios Artículo 2. El Presidente …
Leer »Reorganización de la Unión de las Repúblicas Americanas (Cuarta Conferencia Internacional Americana, Buenos Aires – 1910)
Los que suscriben, Delegados de las Repúblicas representadas en la Cuarta Conferencia Internacional Americana, debidamente autorizados por sus Gobiernos, han aprobado la siguiente Resolución: La Cuarta Conferencia Internacional Americana, reunida en Buenos Aires, Resuelve: Artículo 1.—Mantener con el nombre de “Unión de las Repúblicas Americanas” la Unión Internacional creada por …
Leer »Reglamento de la Conferencia (Séptima Conferencia Internacional Americana, Montevideo – 1933)
CAPITULO I Funcionarios de la Conferencia Sección I.—El Presidente Provisional Artículo 1. El Presidente de la República del Uruguay designará el Presidente provisional que presidirá la sesión inaugural y continuará ejerciendo sus funciones hasta que la Conferencia elija el Presidente permanente. Sección II.—El Presidente Permanente Artículo 2. El Presidente permanente …
Leer »Reglamento de la Conferencia (Cuarta Conferencia Internacional Americana, Buenos Aires – 1910)
Presidente Provisional Artículo 1. El Secretario de Relaciones Exteriores de la República Argentina, o la persona que el Jefe del Poder Ejecutivo designe, abrirá, con el carácter de Presidente Provisional, la sesión inaugural de la Conferencia y las subsecuentes hasta que el Presidente definitivo sea electo. Funcionarios Artículo 2. Habrá …
Leer »Reorganización de la Oficina Internacional de las Repúblicas Americanas (Tercera Conferencia Internacional Americana, 1906)
Los que suscriben, Delegados de las Repúblicas representadas en la Tercera Conferencia Internacional Americana, debidamente autorizados por sus Gobiernos, han aprobado la siguiente Resolución: La Tercera Conferencia Internacional Americana Resuelve: Artículo 1°.—Continuar la Unión Internacional de las Repúblicas Americanas, creada por la Primera Conferencia y confirmada por la Segunda. Los …
Leer »Reglamento de la Conferencia (Tercera Conferencia Internacional Americana, 1906)
Presidente Provisional Artículo i. El Secretario de Relaciones Exteriores del Brasil, o la persona que el Jefe del Poder Ejecutivo designe, abrirá, con el carácter de Presidente Provisional, la sesión inaugural de la Conferencia y las subsecuentes, hasta que el Presidente definitivo sea electo. Funcionarios Artículo 2. Habrá un Presidente …
Leer »Reglamento de la Conferencia (Segunda Conferencia Internacional Americana, 1901-1902)
CAPITULO I De la Secretaría General de la Conferencia Artículo 1. Las atribuciones del Secretario General serán las siguientes: Recibir, distribuir y contestar la correspondencia oficial de la Conferencia, conforme a los acuerdos de la Asamblea; Redactar las actas de las sesiones con arreglo a las notas que le transmitan …
Leer »Reglamento de la Conferencia (Quinta Conferencia Internacional Americana, Santiago – 1923)
DEL PERSONAL DE LA CONFERENCIA Presidente Provisional Artículo i. El Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Chile, o la persona que el Jefe del Poder Ejecutivo designe, abrirá y presidirá, con carácter provisional, la sesión inaugural de la Conferencia y las subsecuentes hasta que el Presidente definitivo sea …
Leer »Reglamento de la Conferencia (Conferencia Interamericana de Consolidación de la Paz – BUENOS AIRES, 1936)
CAPITULO I Funcionarios de la Conferencia Sección I.—El Presidente Provisional Artículo 1. El Presidente de la República Argentina designará el presidente provisional que presidirá la sesión inaugural y continuará ejerciendo sus funciones hasta que la conferencia elija el presidente permanente. Sección II.—El Presidente Permanente Artículo 2. El presidente permanente de …
Leer »Oficina de Información—Dictamen especial de la Comisión de Reglamentos de Aduana (Primer Conferencia Internacional Americana, 1889)
En la sesión de la Conferencia del 29 de Marzo de 1890 se aprobó la siguiente resolución: Loe países aquí representados se unirán con el objeto de establecer una “Oficina Internacional Americana” para la compilación, arreglo y publicación en inglés, castellano, y portugués de datos e informes referentes a la …
Leer »CONVENIO SOBRE EL ESTATUTO DE LA UNIÓN EUROPEA OCCIDENTAL, DE LOS REPRESENTANTES NACIONALES Y DEL PERSONAL INTERNACIONAL
Firmado en París el 11 de mayo de 1955 Los Estados firmantes del presente Convenio, Considerando que es necesario que la Unión Europea Occidental, su personal internacional y los representantes de los Estados miembros que asisten a sus reuniones gocen de un Estatuto adecuado para el ejercicio de sus funciones …
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