Artículo I. Los barcos hospitales militares, es decir, los barcos construidos o adaptados por los Estados especial y únicamente para socorrer a los heridos, enfermos y náufragos, y cuyos nombres hubiesen sido comunicados a las Potencias beligerantes al empezar las hostilidades o durante el curso de éstas, y en todo …
Leer »Convenio relativo a los derechos y deberes de las potencias y personas neutrales en caso de guerra terrestres (Segunda Conferencia de la Paz, La Haya 18 de octubre de 1907)
Capítulo primero. — Derechos y deberes de las potencias neutrales Artículo I. El territorio de las potencias neutrales es inviolable. Art. II. Se prohíbe a los beligerantes atravesar el territorio de una potencia neutral por medio de tropas o convoyes, sean de municiones o de aprovisionamientos. Art. III. Está igualmente …
Leer »Convenio Hispanofrancés para asegurar la represión del contrabando en el Bidasoa: firmado en Bayona el 10 de mayo de 1890
El Gobierno de Su Majestad la Reina Regente de España y el Gobierno de la República Francesa, queriendo asegurar la represión del contrabando en el Bidasoa, han decidido y convenido lo siguiente: Artículo I. Las mercancías o productos expedidos de uno a otro país por el camino de hierro continuarán …
Leer »Protocolo reconociendo Gran Bretaña la soberanía de España en las islas Carolinas: firmado en Madrid a 8 de enero de 1886
Deseando los Gobiernos de España y de la Gran Bretaña dar una prueba de los sentimientos amistosos que unen a las dos Naciones, los abajo firmantes, el Excmo. Sr. D. Segismundo Móret y Prendergast, Ministro de Estado de Su Majestad la Reina Regenté de España y el Señor Francis Clare …
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