jueves, abril 10, 2025

Conferencia de Moscú Octubre de 1943 – Declaración Conjunta de las 4 Potencias

Octubre, 1943
DECLARACIÓN CONJUNTA DE LAS CUATRO NACIONES

Los gobiernos de los Estados Unidos de América, el Reino Unido, la Unión Soviética y China;

Unidos en su determinación, de acuerdo con la declaración de las Naciones Unidas de enero de 1942 y declaraciones posteriores, de continuar las hostilidades contra las potencias del Eje con las que respectivamente están en guerra hasta que dichas potencias hayan depuesto las armas sobre la base de una rendición incondicional;

Conscientes de su responsabilidad de asegurar su propia liberación y la de los pueblos aliados de la amenaza de la agresión;

Reconociendo la necesidad de asegurar una transición rápida y ordenada de la guerra a la paz y de establecer y mantener la paz y la seguridad internacionales con la menor desviación posible de los recursos humanos y económicos del mundo hacia los armamentos;

Declaramos conjuntamente:

1. Que su acción unida, empeñada en la prosecución de la guerra contra sus respectivos enemigos, continuará para la organización y mantenimiento de la paz y la seguridad.

2. Que aquellos de ellos que estén en guerra con un enemigo común actuarán conjuntamente en todos los asuntos relacionados con la rendición y el desarme de dicho enemigo.

3. Que tomarán todas las medidas que consideren necesarias para prevenir cualquier violación de las condiciones impuestas al enemigo.

4. Que reconocen la necesidad de establecer lo antes posible una organización internacional general, basada en el principio de la igualdad soberana de todos los Estados amantes de la paz, y abierta a la adhesión de todos esos Estados, grandes y pequeños, para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales.

5. Que, con el fin de mantener la paz y la seguridad internacionales en espera del restablecimiento de la ley y el orden y de la inauguración de un sistema de seguridad general, celebrarán consultas entre sí y, cuando la ocasión lo requiera, con otros miembros de las Naciones Unidas, con miras a una acción conjunta en nombre de la comunidad de naciones.

6. Que tras el cese de las hostilidades no emplearán sus fuerzas militares en los territorios de otros Estados, salvo para los fines previstos en la presente declaración y previa consulta conjunta.

7. Que celebrarán consultas y cooperarán entre sí y con otros miembros de las Naciones Unidas para llegar a un acuerdo general factible con respecto a la regulación de los armamentos en el período de posguerra.

 

DECLARACIÓN RELATIVA A ITALIA

Los Secretarios de Asuntos Exteriores de los Estados Unidos, del Reino Unido y de la Unión Soviética han establecido que sus tres Gobiernos están completamente de acuerdo en que la política Aliada hacia Italia debe basarse en el principio fundamental de que el Fascismo y toda su maligna influencia y configuración deben ser completamente destruidos y que debe darse al pueblo italiano todas las oportunidades para establecer instituciones gubernamentales y de otro tipo basadas en principios democráticos.

Los Secretarios de Asuntos Exteriores de los Estados Unidos y del Reino Unido declaran que la acción de sus Gobiernos desde el comienzo de la invasión del territorio italiano, en la medida en que lo han permitido las necesidades militares primordiales, se ha basado en esta política.

Para el desarrollo de esta política en el futuro, los Secretarios de Asuntos Exteriores de los tres Gobiernos están de acuerdo en que las siguientes medidas son importantes y deben ponerse en práctica:

1. Es esencial que el Gobierno italiano se democratice mediante la inclusión de representantes de los sectores del pueblo italiano que siempre se han opuesto al fascismo.

2. La libertad de palabra, de culto religioso, de creencia política, de prensa y de reunión pública, deberá ser restablecida en toda su extensión al pueblo italiano, que tendrá derecho a formar grupos políticos antifascistas.

3. Todas las instituciones y organizaciones creadas por el régimen fascista serán suprimidas.

4. Todos los elementos fascistas o profascistas serán apartados de la administración y de las instituciones y organizaciones de carácter público.

5. Todos los presos políticos del régimen fascista serán puestos en libertad y amnistiados plenamente.

6. Se crearán órganos democráticos de gobierno local.

7. 7. Los jefes fascistas y los generales del ejército conocidos o sospechosos de ser criminales de guerra serán detenidos y entregados a la justicia.

Al hacer esta declaración, los tres Secretarios de Asuntos Exteriores reconocen que, mientras continúen las operaciones militares activas en Italia, el momento en que sea posible dar pleno efecto a los principios arriba enunciados será determinado por el Comandante en Jefe sobre la base de las instrucciones recibidas a través de los Jefes de Estado Mayor combinados.

Los tres Gobiernos, partes en esta declaración, se consultarán, a petición de cualquiera de ellos, sobre esta cuestión. Queda entendido, además, que nada de lo contenido en la presente resolución se opondrá al derecho del pueblo italiano a elegir, en última instancia, su propia forma de gobierno.

 

DECLARACIÓN SOBRE AUSTRIA

Los gobiernos del Reino Unido, de la Unión Soviética y de los Estados Unidos de América están de acuerdo en que Austria, el primer país libre víctima de la agresión hitleriana, sea liberada de la dominación alemana.

Consideran nula y sin valor la anexión impuesta a Austria por Alemania el 15 de marzo de 1938. No se consideran vinculados en modo alguno por las cargas efectuadas en Austria desde esa fecha. Declaran que desean ver restablecida una Austria libre e independiente y abrir así el camino para que el propio pueblo austriaco, así como los Estados vecinos que se enfrentarán a problemas similares, encuentren esa seguridad política y económica que es la única base para una paz duradera. Se recuerda a Austria, sin embargo, que tiene una responsabilidad, que no puede eludir, por su participación en la guerra al lado de la Alemania hitleriana, y que en el acuerdo final se tendrá inevitablemente en cuenta su propia contribución a su liberación.

 

DECLARACIÓN SOBRE LAS ATROCIDADES
Firmada por el Presidente Roosevelt, el Primer Ministro Churchill y el Primer Ministro Stalin.

El Reino Unido, los Estados Unidos y la Unión Soviética han recibido de muchas partes pruebas de atrocidades, masacres y ejecuciones en masa a sangre fría que están siendo perpetradas por las fuerzas hitlerianas en muchos de los países que han invadido y de los que ahora están siendo expulsadas constantemente. Las brutalidades de la dominación nazi no son ninguna novedad, y todos los pueblos o territorios en sus garras han sufrido la peor forma de gobierno por el terror. Lo que es nuevo es que muchos de los territorios están siendo redimidos por los ejércitos de las potencias liberadoras que avanzan, y que en su desesperación los hitlerianos y los hunos que retroceden están redoblando sus crueldades despiadadas. Esto se evidencia ahora con particular claridad por crímenes monstruosos en el territorio de la Unión Soviética que está siendo liberado de los hitlerianos, y en territorio francés e italiano.

En consecuencia, las tres potencias aliadas antes mencionadas, hablando en interés de las treinta y dos Naciones Unidas, declaran solemnemente por la presente y advierten plenamente de su declaración lo siguiente:

En el momento de la concesión de cualquier armisticio a cualquier gobierno que pueda establecerse en Alemania, aquellos oficiales y hombres alemanes y miembros del partido nazi que hayan sido responsables o hayan tomado parte consentidora en las atrocidades, masacres y ejecuciones arriba mencionadas serán enviados de vuelta a los países en los que se cometieron sus abominables actos para que puedan ser juzgados y castigados de acuerdo con las leyes de estos países liberados y de los gobiernos libres que se erijan en ellos. Se confeccionarán listas lo más detalladas posible de todos estos países, teniendo en cuenta especialmente las partes invadidas de la Unión Soviética, Polonia y Checoslovaquia, Yugoslavia y Grecia, incluidas Creta y otras islas, Noruega, Dinamarca, Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, Francia e Italia.

Así, los alemanes que participen en el fusilamiento al por mayor de oficiales polacos o en la ejecución de rehenes franceses, holandeses, belgas o noruegos de campesinos cretenses, o que hayan participado en matanzas infligidas al pueblo de Polonia o en territorios de la Unión Soviética que ahora están siendo barridos del enemigo, sabrán que serán llevados al lugar de sus crímenes y juzgados in situ por los pueblos a los que han ultrajado.

Que aquellos que hasta ahora no han manchado sus manos con sangre inocente tengan cuidado de no unirse a las filas de los culpables, porque con toda seguridad las tres potencias aliadas los perseguirán hasta los últimos confines de la tierra y los entregarán a sus acusadores para que se haga justicia.

La declaración anterior se entiende sin perjuicio del caso de los criminales alemanes cuyos delitos no tengan una localización geográfica particular y que serán castigados por decisión conjunta del gobierno de los Aliados.

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