A fin de precisar el alcance y contenido del Protocolo de Montevideo sobre Compromiso con la Democracia en el MERCOSUR (Ushuaia II), suscrito el 20 de diciembre de 2011, los Estados Parte del MERCOSUR y Estados Asociados reiteran que mediante este instrumento se ratifica una vez más el firme compromiso regional con la promoción, defensa y protección del orden democrático, del estado de derecho y sus instituciones.
Recuerdan, en ese sentido, que frente a las recientes amenazas al orden democrático y al estado de derecho acaecidas en la región, han suscrito el Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de UNASUR sobre compromiso con la democracia (Protocolo de Guyana) e impulsado la adopción de sendas cláusulas democráticas en el marco de la Cumbre Iberoamericana y de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños -CELAC-.
Destacan que el objetivo del Protocolo de Montevideo es reafirmar el sistema de promoción, defensa y protección de la Democracia en el MERCOSUR, recogiendo las innovadoras disposiciones oportunamente establecidas en el Protocolo de Guyana. Subrayan, además, que el nuevo instrumento del MERCOSUR incluye previsiones sobre los requerimientos del Gobierno Constitucional de la parte afectada y dispone que las medidas que pudiesen ser adoptadas, de forma consensuada, guardarán la debida proporcionalidad con la gravedad de la situación existente; no deberán poner en riesgo el bienestar de la población y el goce efectivo de los derechos humanos y libertades fundamentales en la Parte afectada; respetarán la soberanía e integridad territorial de la Parte afectada, la situación de los países sin litoral marítimo y los tratados vigentes.
Finalmente, los Estados Parte del MERCOSUR y Estados Asociados reiteran que la paz y estabilidad regional; la plena vigencia de las instituciones democráticas; la promoción y el respeto irrestricto de los derechos humanos y las libertades fundamentales; y los principios de soberanía e integridad territorial y no injerencia en los asuntos internos; constituyen condiciones esenciales del desarrollo del proceso de integración.-
Esta entrada fue modificada por última vez en 19/01/2012 00:39
Gaza / Israel: a propósito de la solicitud de intervención de Chile en la demanda…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
El Impacto de los Estudios de Derecho Internacional Público en la Era Digital El Derecho…
European Journal of International Law Volume 35, Issue 2, May 2024 ISSN: 0938-5428, EISSN: 1464-3596…
PODER EJECUTIVO Decreto 52180/1934 Fecha de Publicación en B.O.: 14/03/1935 Ministerio de Relaciones Exteriores y…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)…