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ELECCIONES NACIONALES 2011: MÁS DE 50 MIL ARGENTINOS PODRÁN VOTAR EN EL EXTERIOR

ELECCIONES NACIONALES 2011: MÁS DE 50 MIL ARGENTINOS PODRÁN VOTAR EN EL EXTERIOR

Autoridades de la Cancillería argentina, la Dirección Nacional Electoral y la Cámara Nacional Electoral recibieron esta tarde en el Palacio San Martín al cuerpo diplomático extranjero acreditado en la Argentina y a representantes de organismos internacionales con el objetivo de informarlos en detalle y atender las consultas relacionadas con las próximas elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias del 14 de agosto y las elecciones nacionales del 23 de octubre.

El Director General de Relaciones Institucionales de la Cancillería argentina, Juan José Castelli, junto al Director Nacional Electoral, Alejandro Tullio, y el Vicepresidente de la Cámara Nacional Electoral, Santiago Corcuera, explicaron los ejes del sistema electoral argentino, hicieron especial referencia a las reformas introducidas al sistema electoral por la Ley 26.571 y destacaron puntualmente las modalidades de procedimiento para los argentinos residentes en el exterior para poder participar de los comicios del 23 de octubre. También estuvo presente el Juez de la Cámara Nacional Electoral, Alberto Dalla Via.


• EL VOTO ARGENTINO EN EL EXTERIOR

Tal como lo dispone la ley Nº 24.007 y su correspondiente reglamentación por Decreto Nº 1138/93, los argentinos residentes en el exterior pueden participar de las elecciones para cargos electivos nacionales. La misma garantiza el derecho al voto a los ciudadanos argentinos que se encuentren radicados en forma permanente o transitoria, aunque prolongada, en otro país. Para ello, deberán inscribirse voluntariamente en el Registro de Electores Residentes en el Exterior. El voto argentino en el exterior no es obligatorio.

Castelli destacó que se modernizaron los mecanismos de registro de electores, lo que permitió que superar por primera vez los 50 mil argentinos registrados en el padrón de residentes en el exterior. De tal modo, respecto de las elecciones nacionales de 2009, aumentaron un 10 % los compatriotas habilitados para votar el 23 de octubre (50.474 ahora, unos 46.258 en 2009). De acuerdo al registro provisional están habilitadas unas 200 mesas (contra 144 en 2009), en 70 países.

La mayor cantidad de argentinos registrados para votar residen en los Estados Unidos (13.523), España (6256), Uruguay (3049), Brasil (2739), Alemania (2706), Chile (2456). Las ciudades de Los Ángeles, con más de 6 mil registrados, y Madrid, con más de 3 mil, encabezan el listado de connacionales habilitados.

La inscripción voluntaria de los compatriotas en el exterior requiere de los siguientes pasos:

1º) Efectuar el cambio de domicilio en su documento de identidad en la jurisdicción consular correspondiente.
2º) Concurrir a la representación consular de su jurisdicción y manifestar su voluntad de ser incluido en el Registro de Electores Residentes en el Exterior.
3º) Completar el formulario de inscripción correspondiente.

Al igual que la inscripción, el sufragio de los argentinos en el exterior es voluntario. Además, se debe tener en cuenta que éstos sólo pueden votar por precandidaturas y candidaturas a cargos electivos nacionales: Presidente y Vicepresidente de la Nación, Senadores y Diputados Nacionales.

En el caso de las elecciones legislativas nacionales (diputados y senadores), los argentinos residentes en el exterior votan por las candidaturas correspondientes al distrito electoral de su última residencia en Argentina, mediante una boleta distinta de las utilizadas en las elecciones en el territorio nacional. En ese sentido, el voto con boleta única para la elección presidencial y boleta diferenciada para cada distrito permite al elector optar entre las fórmulas presidenciales y las listas de diputados del lugar de su domicilio originario. En el caso de no poder acreditar el último domicilio en la Argentina, se tomará como válido el del lugar de nacimiento, y, en última instancia, el del último domicilio de los padres.

Los votos emitidos en cada una de las representaciones diplomáticas y consulares habilitadas el día de los comicios, serán remitidos a las Juntas Electorales Nacionales del distrito que corresponda según el último domicilio interior del elector, a través de un trabajo conjunto y coordinado entre el Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, la Dirección Nacional Electoral y la Cámara Nacional Electoral. Por su parte, la Cámara Nacional Electoral es el órgano encargado de la confección y actualización del Registro de Electores residentes en el exterior, sobre la base de la información que recibe periódicamente de las diversas representaciones diplomáticas argentinas (Artículo 1, Ley 24.007 y Artículos 1 a 7, Decreto 1138/93).






Información para la prensa Nº 340/11
Dirección de Prensa de Cancillería: 4819-7375 / 8296 / 7388
www.cancilleria.gob.ar


Esta entrada fue modificada por última vez en 21/08/2013 15:37

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