LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS LEVANTÓ LAS MEDIDAS PROVISIONALES DICTADAS EN EL ASUNTO DE LAS PENITENCIARIAS DE MENDOZA
Luego de más de 6 años de vigencia, las medidas provisionales dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Asunto de las Penitenciarías de Mendoza fueron levantadas por el Alto Tribunal mediante resolución del 26 de noviembre de 2010 y comunicado al Estado argentino en los últimos días.
Las Medidas Provisionales fueron ordenadas por la Corte el 22 de noviembre de 2004, y fueron dictadas en atención a la situación que se vivía en los establecimientos penitenciarios de la provincia, particularmente en la Penitenciaría de Boulogne Sur Mer y en la Colonia Penal de Gustavo André de Lavalle.
A partir de dicha resolución, el Estado nacional, la Provincia de Mendoza, los representantes de las víctimas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos acordaron diversas medidas tendientes a superar el estado de emergencia en que se encontraba el sistema penitenciario local, que fueron siendo paulatinamente implementadas bajo la supervisión de la Corte Interamericana.
Dicho proceso, que contó con el involucramiento activo del Estado nacional a través de la Cancillería argentina y de las agencias competentes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, en cooperación con las autoridades de la Provincia de Mendoza, logró mejorar sustancialmente las condiciones de alojamiento de las personas privadas de su libertad en los establecimientos penitenciarios alcanzados por las medidas, incluyendo la construcción y puesta en servicio de un nuevo penal en la localidad de Cacheuta, la demolición de pabellones obsoletos en la Penitenciaría de Boulogne Sur Mer, la modernización del servicio penitenciario local y la adopción de diversas medidas tendientes a garantizar los derechos de las personas privadas de libertad de conformidad con las normas internacionales en vigor.
Atento los avances producidos, el Estado solicitó el levantamiento de las medidas al alto tribunal, quien acogió favorablemente la petición argentina. En su resolución, la Corte destacó que las medidas provisionales
han tenido indudablemente un efecto positivo para superar la grave situación que ha caracterizado principalmente a la Penitenciaría Provincial de Mendoza desde el año 2004, teniendo en cuenta los graves hechos de violencia al interior de los penales y la pérdida del control y seguridad por parte de las autoridades encargadas de la custodia de los internos, enfatizando asimismo la importancia de los acuerdos alcanzados por el Estado con los representantes de las víctimas y la Comisión, como así también el cumplimiento de la obligación de Argentina de informar periódicamente al Tribunal. Desde tal perspectiva, señaló que
la Corte valora los esfuerzos realizados por el Estado y la participación activa de los representantes de los beneficiarios y en línea con lo argumentado por el Gobierno argentino, concluyó en que no subsiste la situación fáctica que ha motivado la adopción y mantenimiento de las presentes medidas a favor de las personas privadas de libertad en la Penitenciaría Provincial de Mendoza y en la Unidad Gustavo André, de Lavalle, disponiendo, en consecuencia, el levantamiento de las mismas.
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Esta entrada fue modificada por última vez en 21/08/2013 15:33
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