lunes, noviembre 25, 2024

Discurso del Canciller Héctor Timerman ante el Comité Especial de Descolonización de la ONU, en Nueva York

Discurso del Canciller Héctor Timerman ante el Comité Especial de Descolonización de la ONU, en Nueva York

Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República ArgentinaJueves 26 de Junio de 2014. Información para la Prensa N°: 167/14

Sr. Presidente, Sres. Miembros de la Mesa, Jefes de Delegación:

Una vez más, vengo a este Comité Especial de Descolonización a reafirmar los derechos argentinos sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes; a llamar nuevamente a la solidaridad de este foro y a agradecer este permanente apoyo que nos brinda, año tras año, a la solución de la disputa de soberanía entre la Argentina y el Reino Unido.

En estos años, he desarrollado ante este auditorio las distintas razones que sustentan la posición argentina. Me he referido, entre otros temas, a la invasión de 1833 perpetuada por la Armada Real a un territorio de un país amigo, a la expulsión de los habitantes y autoridades argentinas de las islas, a la implantación de súbditos británicos y a las permanentes protestas de nuestros delegados desde el primer día de la ocupación.

Señor Presidente, estimados Delegados:

Hoy, permítanme concentrarme en el objeto de la resolución que estamos considerando, que se enmarca en la búsqueda de un orden internacional más justo, en el que impere el derecho internacional y las controversias sean resueltas por medios pacíficos. Me refiero a un orden en el que las aspiraciones y los intereses de los países medianos y pequeños no sean ignorados, especialmente cuando nuestras pretensiones se encarnan en los principios esenciales del Derecho Internacional.

Es en este sentido que quiero invitarlos a releer la Resolución que adoptamos todos los años en este Comité y constatar el sencillo y justo mandato que ella consagra al reiterar,  cito: “que la manera de poner fin a la especial y particular situación colonial en la cuestión de las Islas Malvinas (…) es la solución pacífica y negociada de la controversia sobre soberanía que existe entre los Gobiernos de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.” Por lo cual  pide y cito nuevamente: “a los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido (…) la reanudación de las negociaciones a fin de encontrar a la mayor brevedad posible una solución pacífica a la controversia sobre soberanía relacionada con la cuestión de las Islas Malvinas (…) de conformidad con lo establecido” en las 10 resoluciones sobre la Cuestión de las Islas Malvinas de la Asamblea General.

Lo que las Naciones Unidas vienen pidiendo desde 1982, año tras año, es la reanudación de la negociación entre las dos partes, acorde a su mandato de 1965, pues la solución pacífica de las controversias es el corazón mismo del sistema jurídico de la Comunidad de las Naciones.

La conflagración iniciada hace un siglo en las trincheras europeas, el fracaso posterior de la Liga de las Naciones y la  inconmensurablemente terrible Segunda Guerra Mundial nos enseñaron que no es la fuerza el argumento para la solución de las disputas, sino la diplomacia; así, es imprescindible que el Reino Unido se vuelva a sentar a la mesa del diálogo tal como lo hizo en el pasado.

No obstante ello, el abrumador respaldo al llamado a negociar es desoído sistemáticamente por el lado británico, dada la asimetría de poder entre las dos partes de la disputa.

La Argentina, como la gran mayoría de los países que integran las Naciones Unidas, sostiene la firme convicción de que la construcción de un orden internacional en el cual todas las naciones, absolutamente todas, tengan la posibilidad de hacer valer sus derechos, exige que las resoluciones que se adoptan en este foro sean efectivamente cumplidas.

Es decir, no solamente está en juego la solución de la disputa en sí misma, sino también el concepto de que debe prevalecer el mandato negociador y la noción de que no deben existir países que desconozcan sistemáticamente las resoluciones que se adoptan en esta Organización.

Hace décadas que Argentina es consecuente en la reiteración del reclamo porque cree que no hay otro mecanismo para arribar pacíficamente a una solución justa. ¿Qué otra posibilidad tenemos las naciones que confiamos en la justicia y el derecho internacional como los únicos instrumentos idóneos para dirimir las controversias entre los países?

Tengan por seguro que nuestra afirmación acerca de la falta de vigencia de un orden internacional igualitario no hace referencia únicamente a la cuestión de las Islas Malvinas.  Hay numerosas situaciones por las que atraviesan nuestros países, principalmente los más débiles, que requieren del cumplimiento de las resoluciones que aprueban por amplia mayoría los órganos resolutivos de  organismos internacionales como la ONU.  En algunos casos, está en juego su propia supervivencia.

Por ello, así como agradecemos permanentemente el apoyo y la solidaridad de este Comité en nuestro reclamo,  también la Argentina se manifiesta profundamente solidaria con las causas de los países que son ignorados cuando plantean sus cuestiones en un escenario internacional que pareciera tener tiempo y espacio solamente para la implementación de acciones en situaciones que afectan a los países más poderosos.

Cabe, en este punto, recordar la norma del artículo 2 inciso 3 de la Carta de las Naciones Unidas que establece que “los miembros de la Organización, arreglarán sus controversias internacionales por medios pacíficos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia”. Esta obligación de arreglo de las controversias es incumplida por el Reino Unido.

Oponerse al diálogo es negar al otro el derecho a expresar en forma pacífica su posición sobre una disputa. Oponerse al diálogo significa dejar  sentada una posición de fuerza frente a la debilidad del que ha sido despojado.   ¿Cómo puede un país negarse a cumplir una decisión que fue expresada más de 40 veces en las Naciones Unidas? ¿Qué derecho tiene el Reino Unido a exigir a otro país que se atenga a las resoluciones de las Naciones Unidas cuando es él quien no las cumple? No existe una Carta de las Naciones Unidas para unos y otra para otros; ni resoluciones de aplicación selectiva o antojadiza según la conveniencia de cada uno. Admitir lo contrario es permitir un doble estándar en el respeto del derecho internacional que a todos y cada uno de nosotros nos obliga y nos protege.

Sr. Presidente:

La negativa del Reino Unido a dialogar es una conducta que data del mismo momento de la ocupación del territorio. Sin embargo, la resolución 2065 (XX) de la Asamblea General de las Naciones Unidas allanó el camino hacia la recuperación del ejercicio soberano pleno, por cuanto determinó que el Reino Unido, que durante 130 años se había negado a dialogar, iniciara las negociaciones con nuestro país. Resultado de este claro llamamiento, a partir de 1966, ambos países mantuvimos negociaciones bilaterales que contemplaron diversas fórmulas de solución, habiendo llegado a redactar documentos, acordados e incluso inicialados, en los que el Reino Unido aceptó reconocer la soberanía. Estos intercambios persistieron hasta 1982. Basta recordar, entre otros, el Memorándum de Entendimiento de 1968 que delegaciones de los dos gobiernos analizamos o, como diera cuenta la Presidenta de la Nación Argentina ante este Comité en 2012, la propuesta británica de 1974 de establecer un condominio sobre las islas, que mereció una contrapropuesta argentina.

Sr Presidente:

Quiero enfatizar que nada cambió desde entonces. El conflicto del Atlántico Sur en 1982 no alteró la vigencia ni la naturaleza de la disputa y así lo reconoció la resolución 37/9 del 4 de noviembre de 1982 de la Asamblea General, a menos de cinco meses de finalizado el conflicto, y todas sus resoluciones posteriores. Al igual que antes de 1982, la comunidad internacional continuó reconociendo la vigencia y naturaleza de la controversia a través de reiterados pronunciamientos, año tras año, de la Asamblea General y del Comité Especial de Descolonización.

Asimismo, la Organización de los Estados Americanos (OEA), las Cumbres Iberoamericanas, la Cumbre de Países Sudamericanos y Países Árabes (ASPA), la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur (ZPCAS), el Grupo de los 77 más China, y el Sistema de Integración Centroamericano (SICA) se han venido manifestando reiteradamente a favor de la reanudación de las negociaciones bilaterales. En sus manos pueden apreciar un libro, que hemos editado recientemente, que recopila  la totalidad de tales pronunciamientos.

Señor Presidente:

Desde 1982, tampoco se registraron importantes cambios demográficos en la población de las Islas que justifiquen la negativa del Reino Unido a dialogar, más aún, teniendo en cuenta todos los censos realizados por el Gobierno colonial británico, puede decirse que desde 1901 hasta 2012, año del último censo publicado, no ha habido grandes variaciones en la población. En efecto, el control migratorio cerrado y poco transparente mediante el cual se alimenta la población de las Islas y que determina mínimos cambios en el número de pobladores a través de los años, ha tenido y tiene como único objetivo el mantenimiento de la ocupación.  Quiero citar aquí palabras de funcionarios coloniales recogidas en el periódico británico “The Guardian”  del 13 de septiembre de 2012 donde  se dice y cito: que “Funcionarios del Gobierno [Británico] han dicho que si no se controla cuidadosamente la inmigración, los argentinos podrán ingresar y votar para reclamar el territorio”.

El  Reino Unido promueve la  inmigración de población británica, de sus colonias, ex colonias o miembros del Commonwealth principalmente a través de dos herramientas como son su política de enajenación de tierras y el llamado –y cito textual- “Falkland Status”. Este último es concedido directamente por el Gobernador colonial que nombra el Reino Unido en las Islas Malvinas y que representa a la Corona británica. Según las ilegítimas disposiciones coloniales, una persona a la cual se adjudica esta categoría puede residir en las Islas, figurar en el Registro electoral para votar o ser electo para cargos públicos. Es el Gobernador colonial quien concede esta categoría y sólo lo hace respecto de ciudadanos británicos, ciudadanos británicos de ultramar, o aquellos que hayan sido a un cierto tiempo ciudadanos del Reino Unido y Colonias, o un ciudadano británico de los Territorios Dependientes, o un súbdito británico. En cuanto a la posibilidad de trabajar en las Islas para los puestos que no pueden ser cubiertos por residentes, se recluta personal del exterior de las Islas, usualmente del Reino Unido, Santa Elena, Australia o Nueva Zelanda, con un contrato a plazo fijo. Para trabajar en las Islas se requiere permiso. Todo ello hace que en la práctica el 90% de los habitantes de las Islas sea de nacionalidad británica, miembros del Commonwealth o de territorios dependientes del Reino Unido. Hábilmente, la legislación ilegal no discrimina entre “nacionalidades”, pero sí lo hace al sujetar todo el proceso a la decisión última del representante de la metrópoli en las islas del Gobierno de Su Majestad Británica.

Por más que se esfuerce en querer presentar a las islas como una sociedad abierta, cosmopolita y hasta multicultural, se trata de una población artificialmente mantenida a medida para sostener la ocupación, discriminando contra los argentinos continentales.

El último censo colonial del año 2012 arroja cifras que ilustran la alta rotación de la población de las Islas. Así, la política británica de controles migratorios cerrados que describo, sumada al éxodo de las Islas por parte de algunos pobladores, determina que el 38% de la población fluctúe cada diez años, manteniéndose su número de habitantes prácticamente inalterado y, según propios datos demográficos británicos, menos del 40% de los habitantes de las Islas son nacidos en ellas. Resulta revelador, al respecto, que uno de los peticionarios isleños que hemos escuchado hoy,  es un ex oficial de la Armada Real británica.

Sr. Presidente:

Con respecto a la política de enajenación de tierras, las ilegítimas regulaciones que impone el Reino Unido hacen que sólo los residentes puedan adquirir tierras u otros derechos reales sin autorización del gobernador colonial, un funcionario diplomático británico.

Quiero destacar a esta audiencia que los habitantes de las islas tienen derecho a adquirir tierras en forma ilimitada en la Argentina continental, a la educación gratuita incluyendo el nivel universitario, a la salud sin costo alguno, tienen derecho a votar y a ser elegidos. En contrapartida, los nacidos del lado de la costa patagónica y los demás argentinos continentales no pueden ir a vivir libremente a las Malvinas, a comprar un terreno, una casa, menos aún acceder a servicios públicos gratuitos.

Señor Presidente:

Ahora bien, la Argentina no permitirá la expoliación de los recursos naturales del mar argentino. Ello sin olvidar que dicha explotación inconsulta y arbitraria también es contraria al derecho internacional, pues contraviene la resolución 31/49 de las Naciones Unidas, que insta a las dos partes a que se abstengan de adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación, mientras las Islas están atravesando por el proceso recomendado en las resoluciones de la Organización.

A efectos de poder ilustrar la magnitud del perjuicio que sufre mi país, deseo destacar que la pesquería de calamar illex que se encuentra en el Atlántico Sudoccidental, así como las de merluzas, se ubican entre las más importantes de ambas especies a nivel mundial. El Reino Unido usurpa anualmente riquezas ictícolas por más de 600 millones de dólares y percibe, además, más de 34 millones de dólares en concepto de recaudación anual por los diferentes tipos de licencias ilegítimamente otorgadas a empresas pesqueras por plazos de hasta 25 años.

En cuanto a hidrocarburos, según algunas estimaciones, las tres cuencas hidrocarburíferas alrededor de las Islas podrían contener reservas de hasta 60.000 millones de barriles de petróleo, sin perjuicio de las posibles reservas de gas. De acuerdo a ello, podría existir un potencial de 6 billones de dólares, solamente de  hidrocarburos en la región; lo que evidencia la magnitud del despojo que mi país sufre, y nuestra preocupación por su eventual agotamiento, así como por la contaminación del medio ambiente.

La preocupación por estas medidas unilaterales ha sido expresamente resaltada por las Jefas y los Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina y el Caribe, en su Declaración de Riviera Maya, México, el 23 de febrero de 2010, y por  diversos pronunciamientos de UNASUR, CELAC, MERCOSUR, ZPCAS, Cumbre Iberoamericana y ASPA y, más recientemente, por la Organización Latinoamericana de Energía (OLADE).

Señor Presidente:

Cuando el 3 de enero de 1833 Gran Bretaña ocupó militarmente las Islas Malvinas, esta acción se inscribió en una práctica habitual en el proceso de expansión del Imperio Británico, consistente en el control de los pasos interoceánicos, en un contexto de acceso forzado a cañonazos de los productos manufacturados en la metrópolis, a rincones del globo a los que se les imponía una participación en el comercio internacional, limitada a la provisión de insumos primarios.

La sucesión y cronología de conquistas que describo a continuación, ponen de manifiesto esta visión imperial estratégica británica de asegurarse los principales pasos marítimos, además de territorios. Y paso a enumerar: Sudáfrica, en 1806; Omán-Muscat, en 1809; Isla Mauricio, e Islas Seychelles, en 1810; Indonesia (Java), en 1811; Singapur, en 1819; Birmania, en 1824; Malaca, en 1824; Islas Malvinas, en 1833; Hong Kong, en 1839; Aden, en 1839; Afganistán en 1839; Nueva Zelandia en 1840; Shangai-Cantón en 1842.  Hay que tener en cuenta que en esos tiempos no existían ni el Canal de Suez, ni el Canal de Panamá, razón por la cual tanto el control del Cabo de Buena Esperanza como del Cabo de Hornos cobraron una importancia superlativa en la política imperial británica. Es en esta lógica que conquista por la fuerza las Islas Malvinas, en 1833, para controlar el único paso natural entre el Océano Atlántico y el Pacífico.

Esta lógica imperial persiste hasta nuestros días. En el pasado, la explotación indiscriminada por parte del Reino Unido del ganado vacuno salvaje que había introducido Vernet, llevó a su desaparición y reemplazo por la explotación ovejera. Como si esto hubiese sido poco, también se cometieron abusos en cuanto a la pesca de focas y de ballenas, que el Gobierno de Buenos Aires había protegido mediante legislación muy severa para evitar su extinción. Hoy en día, el Reino Unido intenta explotar nuestro petróleo, depreda nuestros mares vendiendo licencias de pesca y mantiene, para ello, la más grande base militar al Sur del paralelo de 50 grados Sur; presencia que ha motivado la preocupación de la región, expresada en múltiples pronunciamientos.

He aquí, entonces, las verdaderas razones por las cuales el Reino Unido permanece en las Islas Malvinas, intentando legitimar una situación neocolonial bajo un disfraz contemporáneo, al que describe como un relacionamiento “moderno” y “basado en valores comunes”, al tiempo que desprecia la existencia misma de este Comité Especial, cuestiona públicamente su mandato respecto de éste y el resto de los nueve territorios bajo su poder en la lista, y ni siquiera participa de sus actividades; a pesar de las obligaciones que le imponen no sólo la Carta sino las resoluciones de estas Naciones Unidas, opinio juris de la comunidad internacional en la materia.

Quienes fundamos las Naciones Unidas lo hicimos con el convencimiento de que ser el más fuerte no era un argumento válido para rehusarse al diálogo. La falta de diálogo solo trae más guerras, más muertes y más injusticias. La negativa del Reino Unido a cumplir con su obligación de negociar con la Argentina es la antítesis de la idea fundacional de las Naciones Unidas. Es contraria a la paz y es ofensiva para quienes dieron la vida por un mundo justo, donde los argumentos son el derecho internacional y no el tamaño de sus arsenales o su poderío económico.

Señoras y señores:

Como expresé el año pasado en atención a lo que el Reino Unido llamó “referéndum” en el que 1500 súbditos británicos manifestaron su voluntad de seguir siendo británicos:  la Argentina no tiene problemas con su nacionalidad, sino con el hecho de que el Reino Unido ocupa un territorio argentino contra el Derecho Internacional; y las Naciones Unidas expresamente rechazaron aplicar a la cuestión el principio de libre determinación. Según la consideración de la Organización, la población de las Islas Malvinas no es un “pueblo”, y menos aún un “pueblo” dominado o subyugado por una potencia colonial que pueda ser sujeto titular del derecho de libre determinación. Se trata por el contrario, de una población implantada por la propia potencia colonial, como hemos referido claramente con anterioridad.

Aplicar el principio de libre determinación significaría promover el quiebre de la integridad territorial de la Argentina y convalidar la ocupación por la fuerza de parte de su territorio. Significaría darle voz a parte de la población de la potencia ocupante para que se erija en una suerte de árbitro de una disputa en la que su propio país es parte, tal como reconoce este Comité y la comunidad internacional toda.

Repito entonces, la Cuestión Malvinas es una disputa de soberanía entre el Reino Unido y la Argentina, por lo tanto, su solución pasa por una mesa de diálogo entre las dos partes cuyo eje es precisamente el objeto del diferendo. No es casual ni mucho menos irrelevante que el Proyecto de Resolución que hoy consideramos se centre en este aspecto. Ni quiere decir ello que los intereses de los habitantes de las islas no deban ser debidamente tenidos en cuenta en el marco de las negociaciones bilaterales que exigen las Naciones Unidas.

Como tantas veces hemos reafirmado ante ustedes, la Argentina nada tiene contra los habitantes de las islas. El compromiso con su modo de vida y el respeto de sus intereses está consagrado al más alto nivel del orden jurídico argentino, nada menos que en la Constitución Nacional. Hemos dado prueba de ello y no sólo durante las décadas en que sí negociamos con el Reino Unido sobre la soberanía. La Argentina no tiene la menor intención de alterar la nacionalidad o la forma de vida de la actual población de las islas y  tiene en cuenta sus intereses, tal y como nos ha mandado esta Organización.

Su integración plena a nuestro país les ofrecerá un futuro rico en oportunidades de progreso en todas las materias. Basta ver cómo se han integrado a nuestra patria las muchas comunidades venidas de otros países, españoles, italianos, ingleses, alemanes, galeses, no voy a enumerarlos a todos para no olvidarme de ninguno; vinieron a estas tierras en busca de un futuro y hoy conviven afianzados a nuestro suelo, gozando de empresas, oportunidades laborales, bienestar y lazos afectivos que han construido en libertad para ellos y su descendencia.

Señor Presidente:

No quisiera dejar de incluir una especial mención a la generosidad con la que países del  mundo entero se brindan a nuestra causa en favor de la solución pacifica de la controversia.

La Argentina no está sola en su reclamo. Multiplicidad de foros alzaron su voz en apoyo a mi país con la aprobación unánime de sus miembros. Así ha sido el caso de la  CELAC, UNASUR y Mercosur, que han asumido como una causa propia el respaldo a los legítimos derechos de la Argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes. Estos últimos dos foros han adoptado, además, medidas concretas para contrarrestar la exploración y explotación ilegal de recursos naturales que pertenecen a la Argentina.

Mi país recibió, también, el invalorable apoyo a sus derechos de las naciones africanas en la histórica Cumbre América del Sur – África de Malabo, de febrero de 2013, y el de las naciones árabes, en ocasión de la Cumbre América del Sur – Países Árabes de 2012 en Lima, llamando al Reino Unido a reiniciar las negociaciones de soberanía.

Asimismo, los 133 Estados miembros del Grupo de los 77 y China, reunidos en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, reafirmaron este 15 de junio, una vez más, la necesidad de que la Argentina y el Reino Unido reanuden sus negociaciones de conformidad con los principios y objetivos de la Carta de las Naciones Unidas y las resoluciones pertinentes de la Asamblea General, para encontrar una solución pacífica a la disputa de soberanía relacionada con “La Cuestión de las Islas Malvinas”; señalando que ésta “perjudica gravemente la capacidad económica de la República Argentina”.

Sr. Presidente:

La democracia argentina ha asumido este reclamo histórico como una Política de Estado, habiendo incluido en la Constitución de la Nación Argentina el mandato de recuperar mediante los medios pacíficos previstos en la Carta de las Naciones Unidas el ejercicio efectivo de soberanía sobre los territorios ilegítimamente ocupados.

Tuvimos y tenemos paciencia, pero las disposiciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas y de la Organización de los Estados Americanos sobre la Cuestión de las Islas Malvinas siguen esperando su puesta en práctica efectiva por parte del Reino Unido desde hace décadas. Insisto en que los países que creemos en la justicia y el derecho internacional como único mecanismo para dirimir controversias, necesitamos que estas disposiciones se conviertan en acciones.

Una vez más, reafirmo aquí, la voluntad del Gobierno argentino de continuar explorando todas las vías posibles para lograr la solución pacifica de la controversia, teniendo presente los intereses y respetando el modo de vida de los habitantes de las Islas Malvinas.

Señores delegados:

En síntesis, hago hoy un llamado a no perder de vista el objeto de la Resolución sobre la Cuestión Malvinas.

Nada más y nada menos, se trata de apoyar la esencia misma del Derecho Internacional a favor de la solución pacífica de las controversias. Tal como le expresé al Canciller del Reino Unido, en las negociaciones estarán todos los temas, sin exclusiones.

Como dije en el pasado, la Argentina espera en la mesa del diálogo.

Sr Presidente:

Quiero concluir este encuentro con una nota positiva. La relación bilateral entre la Argentina y el Reino Unido está marcada por lazos históricos; y los puntos de cooperación, trabajo conjunto y coincidencias son abrumadoramente mayoritarios.

Estoy convencido de que si le damos una oportunidad al diálogo también en la Cuestión Malvinas, habremos dado un paso gigante hacia la solución de este diferendo que empaña nuestra relación.

Sr. Presidente, Señores Delegados:

Apelo entonces a la solidaridad de este Comité y, con toda humildad, pido su apoyo a esta resolución que es el reflejo de una causa justa.

Muchas gracias

resolucion_cuestion_malvinas_2014_comite_especial_de_descolonizacion_de_la_onu.pdf

[via rss]

Ver también

Nicolas Boeglin

Gaza / Israel: a propósito de la solicitud de intervención de Chile en la demanda de Sudáfrica contra Israel

Gaza / Israel: a propósito de la solicitud de intervención de Chile en la demanda …