LIBERTAD DE EXPRESIÓN: CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS VALORA NORMATIVA ARGENTINA
COPETE: La Corte Interamericana de Derechos Humanos valoró positivamente las reformas normativas adoptadas por el Gobierno argentino en materia de libertad de expresión en cumplimiento de la sentencia dictada en el caso Kimel
La Corte Interamericana de Derechos Humanos valoró positivamente la reforma de los tipos penales de calumnias e injurias adoptadas por el Gobierno argentino a través de la ley 26.551, que despenalizó las manifestaciones relacionadas con cuestiones de interés público.
La Corte declaró que el Estado ha dado cumplimiento total a su obligación de adecuar su derecho interno a la Convención Americana, corrigiendo las imprecisiones normativas vinculadas con la materia, y consecuentemente, satisfaciendo los requerimientos de seguridad jurídica y garantizando un adecuado ejercicio del derecho a la libertad de expresión.
En la resolución de fecha 18 de mayo de 2010 dictada en el contexto de supervisión de cumplimiento de la sentencia recaída en el caso Kimel Vs. Argentina que se dio a conocer recientemente, el Alto Tribunal destacó que dicha modificación efectivamente modifica la tipificación y sanción de los delitos de calumnia e injuria de forma que no incluyan expresiones a asuntos de interés público ni expresiones que no sean asertivas, y asigna como penas, por la comisión de dichos delitos, multas económicas.
Asimismo, el Tribunal declaró que el Estado ha dado cumplimiento total a la obligación de indemnizar al señor Kimel, de eliminar su nombre de los registros públicos en los que aparezca con antecedentes penales relacionados con el presente caso y de publicar los párrafos pertinentes de la sentencia, manteniendo abierto el procedimiento de supervisión respecto de la realización de un acto público de reconocimiento y la adopción de medidas relativas a la condena penal que dio origen al caso ante el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos.
Información para la prensa Nº 195/10
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