La Segunda Reunión de Consulta entre los Ministros de Relaciones Exteriores de las Repúblicas Americanas,
Considerando:
Primero: Que ha sido invariable deseo de todas las Repúblicas Americanas, expresado desde la Primera Conferencia Interamericana, hacer efectiva y práctica su solidaridad mediante la construcción de una red de carreteras que una entre sí todas las ciudades capitales, y que la satisfacción de este anhelo resulta hoy, debido a las circunstancias del mundo, una necesidad vital inaplazable;
Segundo: Que en prosecución de esos propósitos las Repúblicas Americanas suscribieron, el 23 de Diciembre de 1936, en la Conferencia Interamericana de Consolidación de la Paz, en la Ciudad de Buenos Aires, una convención para llevar adelante el (mandamiento, los estudios técnicos y la construcción de la mencionada carretera;
Tercero: Que en las Recomendaciones contenidas en la Resolución III [IV], aprobada en la Primera Reunión de los Ministros de Relaciones Exteriores de las Repúblicas Americanas, celebrada en Panamá en 1939, figura la siguiente:
Hacer cuantos esfuerzos sean posibles para terminar los tramos de la Carretera Panamericana que les correspondan; y recomendar a los países que hayan ratificado el Pacto de Buenos Aires, que designen cuanto antes a uno o más expertos que se ocupen en activar la realización de las Recomendaciones hechas por el III Congreso Panamericano de Carreteras.
Cuarto: Que la Carretera Panamericana, al fomentar el acercamiento y el comercio entre los pueblos, favorecería por igual a todos los habitantes de las Américas, y
Quinto: Que además de no ser equitativo, imposibilita o demora indefinidamente la ejecución de la obra, el hecho de distribuir su costo entre los países que cruza la carretera teniendo en cuenta solamente la extensión territorial de cada uno;
Resuelve:
Primero: Invitar a las Naciones Americanas que aún no hayan ratificado la Convención de Buenos Aires relativa a la carretera Panamericana, lo hagan a la mayor brevedad posible.
Segundo: Recomendar a la Comisión Financiera creada por aquella Convención que en la preparación de los planes de finandamiento de la obra’, estudie la conveniencia de tomar en cuenta para la distribución de su costo total entre los países ligados por la carretera, los siguientes factores: la capaddad económica de los distintos países; su población; los presupuestos de ingresos; la extensión de la carretera en el territorio de cada uno de ellos; y los beneficios que cada país derive de la obra. La atada Comisión tomaría en cuenta también que aquellos países que hubieren construido el todo o parte de sus respectivos tramos, tendrían derecho a que, avaluada la obra hecha por ellos, se acepte su valor estimativo como el todo o parte de la contribución que al respectivo país correspondería en el costo total de la carretera Panamericana.
Tercero: Recomendar al Comité Consultivo Económico Financiero Interamericano que preste toda su colaboración a la Comisión Financiera de la Carretera Panamericana para el pronto y eficaz logro de su cometido.