Comité Interamericano de Neutralidad (Segunda Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, La Habana – 1940)

La Segunda Reunión de Consulta entre los Ministros de Relaciones Exteriores de las Repúblicas Americanas,

Resuelve:

Primero: Instar al Comité Interamericano de Neutralidad para que formule un anteproyecto de Convención, en el que se contemplen los efectos jurídicos de la zona de seguridad, y las medidas de cooperación internacional que los Estados Americanos estén dispuestos a adoptar para obtener sea respetada.

Segundo: Encargar al Comité Interamericano de Neutralidad, que funciona en Río de Janeiro, que prepare un Proyecto de Convención Interamericana que abarque integralmente todos los principios y reglas reconocidos generalmente en el derecho internacional en materia de neutralidad, y especialmente los contenidos en las Resoluciones de Panamá, en las legislaciones particulares de los Estados Americanos, y en las recomendaciones ya presentadas por el mismo Comité.

Tercero: El referido Proyecto una vez formulado, será depositado en la Unión Panamericana, para ser sometido a la firma, adhesión y ratificación de los respectivos Gobiernos de las Repúblicas Americanas.

Cuarto: Mientras el Proyecto no sea formulado, aceptado y ratificado, se recomienda a ls Estados Americanos que adopten en sus legislaciones particulares sobre neutralidad, los principios y reglas contenidos en las Declaraciones de Panamá y en las Recomendaciones ya formuladas, o que formule en lo sucesivo, el Comité Interamericano de Neutralidad, sugiriéndole que la incorporación de dichas resoluciones y recomendaciones, en las respectivas legislaciones se haga, en cuanto sea posible, en forma codificada y de conjunto.

Quinto: Disponer que dicho Comité Interamericano de Neutralidad, cuando lo juzgue conveniente, haga directamente sus recomendaciones a los Gobiernos de las Repúblicas Americanas, bajo la reserva de informar sobre ellas a la Unión Panamericana.

Sexto: Recomendar que la Unión Panamericana haga circular, entre los Gobiernos de los Estados de América, las Actas del Comité Interamericano de Neutralidad de Río de Janeiro, y que éstas se publiquen por la Unión Panamericana cuando el referido Comité lo juzgue oportuno.

Séptimo: Que el Comité Interamericano de Neutralidad pueda funcionar con la presencia de un mínimo de cinco miembros presentes, a las reuniones. Las Resoluciones se adoptarán con el voto favorable de cuatro miembros, por lo menos.

Octavo: Que aunque el Comité es, por naturaleza, permanente, queda autorizado para celebrar reuniones periódicas, y declararse en receso por tiempo determinado, sin perjuicio de ser convocado extraordinariamente por el Presidente, cuando haya de ser considerada alguna materia urgente e importante.

Noveno: Consignar, por su meritoria labor, un voto de aplauso y felicitación al Comité Interamericano de Neutralidad de Río de Janeiro, en las personas de sus miembros: Excelentísimos Señores: Afranio de Mello Franco, L. A. Podestá Costa, Mariano Fontedlla, A. Aguilar Machado, Charles G. Fenwick, Roberto Córdova, Gustavo Herrera, Manuel Francisco Jiménez y S. Martínez Mercado.

Esta entrada fue modificada por última vez en 28/03/2014 21:26

dipublico

Entradas recientes

Israel / Palestina: Asamblea General de Naciones Unidas adopta nueva solicitud de opinión consultiva a la Corte Internacional de Justicia (CIJ)

Israel / Palestina: Asamblea General de Naciones Unidas adopta nueva solicitud de opinión consultiva a la Corte Internacional de Justicia (CIJ)

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…

3 días hace

Journal of Conflict Resolution – Volume 69 Issue 1, January 2025

Journal of Conflict Resolution Volume 69 Issue 1, January 2025 ISSN: 0022-0027 Online ISSN: 1552-8766…

4 semanas hace

Gaza / Israël : à propos des mandats d’arrêt délivrés par la Cour Pénale Internationale (CPI)

Nicolas Boeglin, Professeur de droit international public, Faculté de droit, Université du Costa Rica (UCR).…

4 semanas hace

Gaza / Israel: a propósito de la solicitud de intervención de Chile en la demanda de Sudáfrica contra Israel

Gaza / Israel: a propósito de la solicitud de intervención de Chile en la demanda…

3 meses hace

Gaza / Israel: Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) confirma y reitera urgencia de la emisión de órdenes de arresto

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…

4 meses hace

El Impacto de los Estudios de Derecho Internacional Público en la Era Digital

El Impacto de los Estudios de Derecho Internacional Público en la Era Digital El Derecho…

4 meses hace