La Reunión de Consulta entre los Ministros de Relaciones Exteriores de las Repúblicas Americanas
Considerando:
Que a fin de asegurar mejor la neutralidad de las Repúblicas Americanas, en cuanto pudiera ser afectada por las actividades ilícitas que realizaren individuos nacionales o extranjeros residentes en ellas, en el sentido de favorecer a alguno de los estados beligerantes extranjeros, es conveniente coordinar la acción preventiva o represiva de las autoridades policiales y judiciales, especialmente en lo que respecta al intercambio rápido y frecuente de informaciones, así como a la vigilancia, aprehensión y custodia de los individuos imputados;
Que el 29 de febrero de 1920 se concertó en Buenos Aires un Acuerdo entre diversas Repúblicas Americanas tendiente a coordinar la acción policial,1 y en cuanto ésta tiene en vista, en forma genérica, los delitos comunes;
Que el procedimiento de la extradición coadyuvante a este ñn en el aspecto judicial y represivo, debe ser vigorizado entre las Repúblicas Americanas mediante reglas adecuadas y haciéndolo extensivo a todas ellas entre sí,
Resuelve:
10.—Que se promueva a la brevedad posible, por medio de un intercambio de puntos de vista entre las Cancillerías o bien de una conferencia interamericana,1 la concertación de las reglas y procedimientos que juzguen útiles para facilitar, en forma coordenada entre sí y del modo más oportuno y eficaz, la-acción de las autoridades policiales y judiciales de los respectivos países frente a las actividades ilícitas que intentaren realizar los individuos, sean nacionales o extranjeros, en favor de un estado beligerante extranjero.
2o.—Que se adopten las disposiciones necesarias para ratificar a la brevedad posible la Convención sobre Extradición celebrada en la VII Conferencia Internacional Americana, reunida en Montevideo en 1933.
(Aprobada el 3 de Octubre de 1939.)
Esta entrada fue modificada por última vez en 25/03/2014 17:31
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
Journal of Conflict Resolution Volume 69 Issue 1, January 2025 ISSN: 0022-0027 Online ISSN: 1552-8766…
Nicolas Boeglin, Professeur de droit international public, Faculté de droit, Université du Costa Rica (UCR).…
Gaza / Israel: a propósito de la solicitud de intervención de Chile en la demanda…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
El Impacto de los Estudios de Derecho Internacional Público en la Era Digital El Derecho…