lunes, diciembre 23, 2024

Organos de cooperación científica y técnica (Octava Conferencia Internacional Americana, Lima – 1938)

Considerando:

La conveniencia de promover la cooperación voluntaria de los institutos y organismos privados que trabajan en los diversos países americanos por el progreso de las diferentes ramas de las ciencias y las técnicas;

La Octava Conferencia Internacional Americana,

Recomienda:

i0.—Que el Consejo Directivo de la Unión Panamericana con el concurso de las Comisiones Nacionales de Cooperación Intelectual, realice una encuesta sobre las instituciones científicas y técnicas existentes en cada uno de los países americanos, sus objetivos y elementos de labor, y su afiliación a organismos regionales, interamericanos y universales.

2o.—Que, con todos los resultados de sus investigaciones a la vista, elabore sugestiones acerca de los mejores medios que podrían utilizarse para promover la cooperación voluntaria de tales entidades, sea dentro de organismos internacionales o interamericanos ya existentes o con el establecimiento de instituciones coordinadoras adecuadas.

3o.—Que los Gobiernos americanos recomienden a sus sociedades científicas y técnicas presten el más amplio concurso a los propósitos de colaboración antes enunciados.

4o.—Que la Unión Panamericana imponga, regularmente, a las Comisiones Nacionales de Cooperación Intelectual y a los Gobiernos, donde no existan las primeras, del curso de los trabajos que se le confían en esta Resolución, y presente a la Novena Conferencia Internacional Americana un informe sobre la materia.

5o.—Que se preste todo el concurso posible a la celebración del Octavo Congreso Científico Panamericano, cuya convocatoria se hará por la Unión Panamericana para 1940.

(Aprobada el 24 de diciembre de 1938.)

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