Considerando:
Atenta la conveniencia de celebrar actos culturales destinados al conocimiento reciproco de las manifestaciones intelectuales de los países de América,
La Octava Conferencia Internacional Americana,
Recomienda:
Que la Unión Panamericana y el Gobierno del país donde se realizará la siguiente Conferencia Internacional Americana confeccionen, con la suficiente anticipación, un programa de actos culturales destinados a celebrarse coetáneamente con el funcionamiento de la Conferencia respectiva.
(Aprobada el 24 de diciembre de 1938.)
Esta entrada fue modificada por última vez en 24/03/2014 20:17
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