Considerando:
Que es tradición del Continente americano albergar en su hospitalario suelo a quienes buscan en él trabajo y tranquilidad contribuyendo así a la realización del ideal de hermandad entre los pueblos; y,
Que esa tradición tiende a reconocer a todo inmigrante la cualidad del hombre libre y a proteger y a respetar sus derechos,
La Octava Conferencia Internacional Americana,
Resuelve:
Recomendar a las naciones americanas coordinar y adoptar las disposiciones concernientes a la inmigración. De modo que en ellas no se hagan distingos de origen, credos o razas, por ser opuestos al lema de fraternidad, paz y concordia, que se comprometen a mantener, sin perjuicio de la legislación interna de cada Nación.
Recomendar, asimismo, a las naciones americanas, que estas disposiciones se inspiren en el principio de .que la cualidad de hombre libre debe ser reconocida a todo inmigrante, con respeto a sus derechos, pero sin que ese respeto pueda justificar cualquiera ofensa a la soberanía nacional.
Recomendar, finalmente, a las naciones americanas, que garanticen el libre tránsito de inmigrantes turistas o nacionales a través del territorio de sus países, con destino a otro, sin más formalidades que las de policía y sanidad, para asegurar la efectividad del tránsito.
(Aprobada el 23 de diciembre cíe 1938.)
Esta entrada fue modificada por última vez en 24/03/2014 18:47
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