sábado, febrero 22, 2025

Normas americanas sobre inmigración (Octava Conferencia Internacional Americana, Lima – 1938)

Considerando:

Que es tradición del Continente americano albergar en su hospitalario suelo a quienes buscan en él trabajo y tranquilidad contribuyendo así a la realización del ideal de hermandad entre los pueblos; y,

Que esa tradición tiende a reconocer a todo inmigrante la cualidad del hombre libre y a proteger y a respetar sus derechos,

La Octava Conferencia Internacional Americana,

Resuelve:

Recomendar a las naciones americanas coordinar y adoptar las disposiciones concernientes a la inmigración. De modo que en ellas no se hagan distingos de origen, credos o razas, por ser opuestos al lema de fraternidad, paz y concordia, que se comprometen a mantener, sin perjuicio de la legislación interna de cada Nación.

Recomendar, asimismo, a las naciones americanas, que estas disposiciones se inspiren en el principio de .que la cualidad de hombre libre debe ser reconocida a todo inmigrante, con respeto a sus derechos, pero sin que ese respeto pueda justificar cualquiera ofensa a la soberanía nacional.

Recomendar, finalmente, a las naciones americanas, que garanticen el libre tránsito de inmigrantes turistas o nacionales a través del territorio de sus países, con destino a otro, sin más formalidades que las de policía y sanidad, para asegurar la efectividad del tránsito.

(Aprobada el 23 de diciembre cíe 1938.)

Ver también

APLICACIÓN DE LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN RACIAL (AZERBAIYÁN C. ARMENIA) [MEDIDAS PROVISIONALES] Providencia de 22 de febrero de 2023 – Resúmenes de los fallos, opiniones consultivas y providencias de la Corte Internacional de Justicia

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