sábado, diciembre 21, 2024

Inmunidad de navíos de estado (Octava Conferencia Internacional Americana, Lima – 1938)

La Octava Conferencia Internacional Americana,

Declara:

Que, subsistiendo la recomendación hecha a los Gobiernos de las Repúblicas Americanas en el N°. I de la Resolución XXXVI de la Conferencia Interamericana de Consolidación de la Paz, de Buenos Aires, en el sentido de adherir a la Convención de Bruselas, de 10 de abril de 1926, sobre Inmunidad de Navios de Estado y su Protocolo Adicional, basta con atenerse a esa recomendación, no siendo necesaria ni conveniente la celebración de una nueva Convención Panamericana sobre la misma materia.

(Aprobada el 23 de diciembre de 1938.)

Ver también

Nicolas Boeglin

Israel / Palestina: Asamblea General de Naciones Unidas adopta nueva solicitud de opinión consultiva a la Corte Internacional de Justicia (CIJ)

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). …