El Comité encargado de informar a la Conferencia sobre la más adecuada acción conciliadora en el incidente surgido entre las Repúblicas de Bolivia y Paraguay, después de haber tomado conocimiento de las contestaciones de los Gobiernos de ambas naciones al mensaje cablegráfico enviado por el Señor Presidente de esta Conferencia de Conciliación y Arbitraje, estima que la Conferencia en pleno debe decidir sobre la línea de conducta que ha de seguirse.
El Comité, no obstante, considera como su deber sugerir a la Conferencia una proposición concreta, tendente a que los principios de conciliación y arbitraje para los cuales se ha reunido, encuentren en este caso su más sincera y amistosa aplicación.
Conforme con la tradición americana en general, contenida en los antecedentes, votos y resoluciones panamericanas y también en concordancia con las medidas adoptadas en los últimos años para el mantenimiento de la paz, la Conferencia puede desplegar una acción prudente y eficaz en la seguridad de merecer por su empeño un general aplauso.
La actuación amistosa de una asamblea de Repúblicas hermanas ha de encontrar eco favorable y simpática acogida especialmente en el ánimo de las naciones directamente interesadas en el incidente. Esa actuación demuestra el grado de solidaridad y de afecto con que se sienten ligados a ellos los otros países del hemisferio.
Y sin asumir ninguna actitud política que exceda los apropiados propósitos de esta Conferencia, animado por estos sentimientos, el Comité propone a la asamblea que la. Conferencia ofrezca a las Partes interesadas sus buenos oficios con el objeto de promover medidas conciliadoras adecuadas con el fin de conservar el principio de conciliación y arbitraje como base firme de la vida internacional.
La Conferencia, por tanto,
Resuelve:
(14 de Diciembre de 1928)
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