sábado, noviembre 23, 2024

Ventajas comerciales entre países vecinos (Séptima Conferencia Internacional Americana, Montevideo – 1933)

La Séptima Conferencia Internacional Americana,

Considerando que:

Por razones de la más alta conveniencia para toda y cada una de las naciones americanas, es necesario promover la intensificación del comercio entre ellas, en especial de aquellos productos propios, elaborados o no;

A fin de lograr este objetivo fundamental para la afirmación de su independencia económica, deben buscar cuanto tienda a facilitar sus relaciones comerciales mutuas, sin perjuicio de las que necesariamente mantienen y desean establecer con el resto del mundo;

Con el objeto de orientar su política comercial hada la obtención de tales propósitos, sería de la más vasta utilidad que los países americanos otorgasen tratamientos especiales recíprocos a sus limítrofes o vednos; y que

El otorgamiento de tales ventajas no debe considerarse como una derogación del principio de la igual oportunidad en el intercambio comercial recíproco, sino como una excepción justificada a la aplicación de la cláusula de la nación más favorecida,

Resuelve :

Recomendar a los gobiernos de las repúblicas americanas, el estudio de una fórmula contractual que permita la concesión de ventajas comerciales exclusivas entre los países limítrofes o vecinos.

(Aprobado el 24 de diciembre de 1933).

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Nicolas Boeglin

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