La Séptima Conferencia Internacional Americana,
Resuelve:
- “Pedir al Gobierno de la República Argentina que convoque una Conferencia de orden puramente comercial, en la ciudad de Buenos Aires, ti fuera posible inmediatamente después de que termine sus trabajos la Tercera Conferencia Financiera Panamericana, con el objeto de tratar los siguientes temas:
- Facilidades portuarias para entrada, carga, descarga y salida de buques y aeronaves;
- Modificación de las tasas aduaneras;
- Mejora de las comunicaciones, terrestres, marítimas, fluviales y aéreas;
- Facilidades al tránsito;
- Reglamento de la Policía Sanitaria Animal y Vegetal;
- Represión de contrabando;
- Simplificación de formalidades aduaneras;
- Facilidades para el turismo;
- Clasificación uniforme de Mercaderías para proseguir los trabajos iniciados en la I Conferencia Panamericana de Uniformidad y Especificación.
- Recomendar a la Unión Panamericana que, sin pérdida de tiempo, compile y organice debidamente todos los materiales necesarios para el adecuado estudio de los temas del programa de la Conferencia, y los remita directamente a los gobiernos interesados.
- Recomendar a los gobiernos de las Repúblicas Americanas que remitan, desde luego, a la Unión Panamericana, los estudios y proyectos que deseen agregar a los antecedentes por ella reunidos para enviarlos a los gobiernos.
(Aprobada el 23 de diciembre de 1933).