La Sexta Conferencia Internacional Americana,
Resuelve:
Instar a los Gobiernos de las Repúblicas de América al estudio y revisión de las Resoluciones aprobadas en las cinco Conferencias precedentes, y a que informen a la Unión Panamericana, para que ésta lo trasmita a la VII Conferencia Internacional Americana, las razones por las cuales no se ejecutan las Resoluciones que no hayan sido modificadas o sustituidas por la VI Conferencia, o no fueran aplicadas después de tal revisión.
(18 de febrero de 1928).