lunes, abril 21, 2025

Arbitraje comercial (Sexta Conferencia Internacional Americana, La Habana – 1928)

La Sexta Conferencia Internacional Americana,

Resuelve:

  1. Recomendar que se organicen Cámaras de Comercio en los centros comerciales del Continente americano en donde exista un movimiento de exportación e importación cuya importancia justifique el establecimiento de tales asociaciones y que estas Cámaras de Comercio celebren entre sí convenios para el arbitraje extrajudicial de las controversias mercantiles.
  2. Que las asociaciones e instituciones del Comercio y de la industria de las repúblicas americanas hagan por todos los medios a su alcance propaganda de palabra y de hecho para establecer un sistema que permita solucionar fácil y satisfactoriamente las diferencias que ocurran entre comer- dantes e industriales.
  3. Se recomienda a la Alta Comisión Interamericana el estudio del principio del arbitraje obligatorio como medio de resolver las diferencias que se susciten entre comerciantes domiciliados en diferentes países.

(18 de febrero de 1928).

Ver también

Ley nº 10 del CONSEJO DE CONTROL – CASTIGO DE LOS CULPABLES DE CRÍMENES DE GUERRA, CRÍMENES CONTRA LA PAZ Y CONTRA LA HUMANIDAD

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