La Sexta Conferencia Internacional Americana,
Recomienda:
1º. La Alta Comisión Interamericana se dirigirá, a la mayor brevedad, a las organizaciones de importadores y consumidores de los Estados Unidos que introducen productos latino-americanos, a fin de obtener toda clase de datos sobre la forma en que tienen mejor aceptación los productos que en la actualidad se exportan en mayor cantidad de cada país latino-americano a Estados Unidos, incluyendo amplios detalles relativos a su empaque.
2°. El Consejo Ejecutivo de la Alta Comisión Interamericana suministrará todos esos datos a sus secciones en cada país, encareciéndoles que los hagan llegar a los productores y exportadores, por conducto de las organizaciones de éstos, con objeto de acatarlos en lo posible por lo pronto, y de estudiar las reformas convenientes para uniformar las especificaciones, teniendo en cuenta las condiciones del producto en cada lugar.
3°. Se recomienda la creación de una Comisión Panamericana organizada con representantes de las organizaciones de consumidores y exportadores de Estados Unidos y de las organizaciones de productores y exportadores de cada uno de los países latinoamericanos, que se encarguen de estudiar, en sesiones periódicas, la mejor manera de uniformar las especificaciones de cada producto, procurando adoptar en éstos el sistema métrico decimal, de igualar el nombre en español de los productos de especificaciones idénticas y de que el equivalente de ese nombre en otros idiomas se emplee en cada uno de éstos para denominar al mismo producto solamente.
Esta Comisión se dividirá en tres Secciones, de acuerdo con el origen vegetal, animal o mineral de los productos cuyas especificaciones se trata de uniformar.
4°. El Consejo Directivo de la Unión Panamericana fijará las fechas y lugares de reunión de dicha Comisión, e invitará tan pronto como sea posible, a los Gobiernos, miembros de la Unión, a procurar la organización de productores y exportadores de su país y a nombrar a los representantes de estas organizaciones en la Comisión antes mencionada.
5°. Se recomienda a la vez al Consejo Directivo de la Unión Panamericana que, en cooperación con la Alta Comisión Interamericana lleve a cabo el trabajo preliminar relacionado con las labores de dicha Comisión y que las conclusiones a que ésta vaya llegando las comunique, desde luego, a los gobiernos miembros de la Unión y a las Secciones, en cada país, de la Alta Comisión Interamericana.
6°. Se recomienda a los gobiernos miembros de la Unión Panamericana que sus Secretarías de Estado, en colaboración con las Secciones de la Alta Comisión Interamericana y de las organizaciones de productores y exportadores, desarrollen, por los medios de publicidad que estimen convenientes, una amplia labor educativa y de propaganda y también una labor técnica para el mejor éxito de la uniformidad de especificaciones, para facilitar las transacciones y para conseguir el desarrollo del comercio interamericano.
7°. La Tercera Conferencia Panamericana sobre Uniformidad de Especificaciones se reunirá en Cuba dentro de un plazo máximo de tres años, en la ciudad y fecha que señale su gobierno.
En esta Conferencia tomarán parte representantes de las Secretarías de Estado que en cada país estén llevando a cabo las labores educativas y técnicas sugeridas, representantes de la Alta Comisión Interamericana y de sus secciones en cada país, representantes de las organizaciones de productores y exportadores y de consumidores e importadores, debiendo informar cada organización sobre los progresos que haya realizado en la uniformidad de especificaciones.
(15 de febrero de 1928).