Licencia obligatoria a la mujer-madre (Sexta Conferencia Internacional Americana, La Habana – 1928)

La Sexta Conferencia Internacional Americana,

Resuelve:

Recomendar a los países de la Unión Panamericana, que inscriban en sus legislaciones, la licencia obligatoria a la mujer-madre, cuarenta días antes y después del alumbramiento, con el goce íntegro de su sueldo o salario, así sea oficial o particular la actividad en que trabaje.

(7 de febrero de 1928.)

Esta entrada fue modificada por última vez en 23/11/2013 21:03

dipublico

Entradas recientes

Chinese Journal of International Law – Volume 23, Issue 4, December 2024

Chinese Journal of International Law – Volume 23, Issue 4, December 2024

Chinese Journal of International Law Volume 23, Issue 4, December 2024 ISSN: 1540-1650, EISSN: 1746-9937…

1 mes hace

Gaza / Israel: apuntes desde Costa Rica con relación al cerco de la justicia que se cierra poco a poco sobre Israel

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…

1 mes hace