La Sexta Conferencia Internacional Americana,
Resuelve:
Recomendar que se reúna una Conferencia Interamericana de Control Sanitario Vegetal y Animal, a ser posible en el mes de enero de 1929, en la ciudad que designe el Consejo Directivo de la Unión Panamericana.
Dicha Conferencia tendrá por misión principal:
- Estudiar la posibilidad de uniformar:
- Los procedimientos de combate y prevención que deban emplearse individualmente o en cooperación por los distintos países de América.
- El criterio que deban sustentar dichos países respecto a disposiciones cuarentenarias, de fumigación, desinfección o exclusión de acuerdo con las posibilidades de trasmisión, contaminación y aclimatación de las distintas plagas de enfermedades, y
- Los requisitos que deban satisfacerse para la admisión de productos que estén contaminados o plagados, o que puedan ser vehículo de enfermedades parasitarias o de plagas.
- Estudiar las bases para la creación, mediante una convención, de un Consejo Interamericano de Defensa Agrícola, que tendrá a su cargo continuar los estudios relacionados con los puntos anteriores, proponer a los países americanos las medidas tendientes a la uniformidad en materia de defensa agrícola, y sugerir en cada caso, la forma más adecuada de aplicación y alcance de las medidas cuarentenarias o de exclusión.
(7 de febrero de 1928.)