La Quinta Conferencia Internacional Americana,
Resuelve:
Recomendar a las Repúblicas americanas que, en cuanto sea posible, adopten y pongan en práctica la regla establecida por la Convención Postal de Madrid en 1920, y por la de Buenos Aires, en 1921, respecto a la moneda en que han de emitirse los giros postales interamericanos.
(Número 39 del Acta Final).
Aprobada en la 10º. Sesión de la Conferencia, del 28 de Abril de 1923.