La Quinta Conferencia Internacional Americana,
Resuelve:
1º. Recomendar al Consejo Directivo de la Unión Panamericana, que incluya en el programa de las futuras Conferencias, el estudio relativo a la creación de Bibliotecas Panamericanas, o a lo menos, de secciones destinadas a tal objeto en las actuales bibliotecas.
2º. Someter a la consideración de los Gobiernos de los Estados de América las proposiciones de los señores delegados de Nicaragua y de Guatemala sobre Bibliotecas Panamericanas.
3º. Recomendar a los Gobiernos el fomento, por medio de sus bibliotecas públicas, del canje de las publicaciones producidas en su territorio o fuera de tí, por sus respectivos nacionales.
Asimismo, el intercambio de las cartas geográficas generales o particulares, planos topográficos y demás obras de esta naturaleza.
4º. Recomendar a los Gobiernos de las Repúblicas Americanas la formación, en cuanto sea posible en sus bibliotecas, de un departamento destinado especialmente a la producción intelectual del Continente, sin perjuicio de la dasificación den tífica de las bibliotecas.
(Número 25 del Acta Final).
Aprobada en la 8º. Sesión de la Conferencia, del 26 de Abril de 1923.
Esta entrada fue modificada por última vez en 20/11/2013 20:43
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
Journal of Conflict Resolution Volume 69 Issue 1, January 2025 ISSN: 0022-0027 Online ISSN: 1552-8766…
Nicolas Boeglin, Professeur de droit international public, Faculté de droit, Université du Costa Rica (UCR).…
Gaza / Israel: a propósito de la solicitud de intervención de Chile en la demanda…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
El Impacto de los Estudios de Derecho Internacional Público en la Era Digital El Derecho…