Las Comisiones procederán a constituirse eligiendo de su seno, un Presidente y un Vice-Presidente.
El Presidente propondrá el plan de trabajo de la Comisión y la designación de delegados o asesores técnicos que, con el carácter de Ponentes, expongan ante la Comisión los antecedentes de la materia sometida a su conocimiento, y formulen proposiciones concretas que puedan servir de base de discusión.
Si la naturaleza de los temas y la conexión que entre ellos exista, lo aconseja, el Presidente puede proponer la designación de un Ponente General que presente los antecedentes y conclusiones generales, y de uno o varios Ponentes particulares, que explayen los diversos puntos del tema, y propongan las conclusiones que estimen convenientes.
El Presidente, el Ponente General y los Ponentes especiales, cuidarán, en todo caso, que las diversas proposiciones que se formulen guarden la debida relación.
Acordado un informe por una Comisión, se procederá a designar un Ponente General o un Ponente especial que lo redacte, lo someta definitivamente a la aprobación de la Comisión, y lo presente a la Conferencia.
El Presidente de la Comisión puede ser designado como Ponente y, en todo caso, ayudará al Ponente en el debate de la sesión plenaria.
La minoría que se produzca en una Comisión, podrá designar los Ponentes que estime necesarios ante la Conferencia.
(Número 1 del Acta Final).
Aprobada en la 4º. Sesión de la Conferencia, del 12 de Abril de 1923.