Los que suscriben, Delegados de las Repúblicas representadas en la Tercera Conferencia Internacional Americana, debidamente autorizados por sus Gobiernos, han aprobado la siguiente Resolución:
La Tercera Conferencia Internacional Americana
Resuelve:
1°. Recomendar a los Gobiernos la celebración de una Conferencia Internacional Americana para dictar eficaces medidas en beneficio de los productores de café, que tiendan a combatir eficazmente la crisis que hace años viene haciéndose sentir en tan importante ramo de la riqueza de muchas de las Repúblicas de este Continente;
2º. Designar la ciudad de San Paulo, en los Estados Unidos del Brasil, para la celebración de dicha Conferencia.
Hecho y firmado en la ciudad de Rio de Janeiro, a los veintitrés días del mes de Agosto de mil novecientos seis, en español, portugués e inglés, y depositado en la Secretaría de Relaciones Exteriores del Gobierno de los Estados Unidos del Brasil, a fin de que se saquen copias certificadas para enviarlas por la vía diplomática a cada uno de los Estados signatarios.
[Siguen las firmas de delegados de Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, los Estados Unidos de América, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, la República Dominicana y Uruguay.]
Esta entrada fue modificada por última vez en 19/07/2013 23:01
Ley nº 10 del CONSEJO DE CONTROL - CASTIGO DE LOS CULPABLES DE CRÍMENES DE…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
Call for Papers for Vol. 29 (2025) is now open. Manuscripts dealing with any topic of…
LAUDO ARBITRAL DE 3 DE OCTUBRE DE 1899 (GUYANA C. VENEZUELA) [EXCEPCIÓN PRELIMINAR] Resumen del…
Ciertos activos iraníes (República Islámica del Irán c. Estados Unidos de América) Resumen del fallo…
APLICACIÓN DE LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN RACIAL…