Los que subscriben, Delegados de las Repúblicas representadas en la Segunda Conferencia Internacional Americana, debidamente autorizados por sus Gobiernos, han aprobado la resolución siguiente:
La Segunda Conferencia Internacional Americana
Resuelve:
Primero. Que dentro de un año, contado desde la clausura de las sesiones de la Conferencia Internacional Americana, se reúna en la Ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, una Comisión compuesta de uno o más Delegados nombrados por cada Gobierno que desee estar representado en ella, los cuales deberán tener conocimientos técnicos o periciales acerca de la producción, distribución y consumo del café.
Segundo. El Consejo Directivo de la Oficina Internacional de las Repúblicas Americanas fijará la fecha en que ha de reunirse esta Comisión, y se organizará como ella decida, con el auxilio de la Oficina mencionada, y tendrá por objeto el estudio de las causas que producen actualmente la crisis por que esta gran industria atraviesa, y proponer los medios prácticos de evitarla o disminuirla.
Hecho y firmado en la Ciudad de México, a los veintinueve días del mes de Enero de mil novecientos dos, en tres ejemplares escritos, respectivamente, en español, inglés y francés, los cuales se depositarán en la Secretaría de Relaciones Exteriores del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que de ellos se saquen copias certificadas para enviarlas por la vía diplomática a cada uno de los Estados signatarios.
[Siguen las firmas de delegados de Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, los Estados Unidos de América, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Paraguay, Perú, la República Dominicana y Uruguay.]