Los que subscriben, Delegados de las Repúblicas representadas en la Segunda Conferencia Internacional Americana, debidamente autorizados por sus Gobiernos, han aprobado la siguiente resolución:
La Segunda Conferencia Internacional Americana,
Considerando: Que una gran institución bancaria establecida en un gran centro mercantil del Continente, con sucursales en las principales ciudades de las Repúblicas Americanas, fomentaría entre éstas sus relaciones mercantiles;
Y que si dicha institución ajustare a reglas uniformes la concesión de créditos y el cobro de comisiones, proporcionaría a la industria ventajas aun mayores, y sería bien acogida por todas las Naciones Americanas,
Recomienda:
Que se establezca en Nueva York, Chicago, San Francisco, Buenos Aires, Nueva Orleans u otro importante centro mercantil, un Banco del carácter referido; y que él sea auxiliado por las Repúblicas de América, en todas las formas compatibles con la legislación interna de cada país.
Hecho y firmado en la ciudad de México, a los veintiún días del mes de Enero de mil novecientos dos, en tres ejemplares escritos respectivamente en castellano, inglés y francés, los cuales se depositarán en la Secretaría de Relaciones Exteriores del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que de ellos se saquen copias certificadas para enviarlas por la vía diplomática a cada uno de los Estados signatarios.
[Siguen las firmas de delegados de Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, los Estados Unidos de América, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Paraguay, Perú, la República Dominicana y Uruguay.]