martes, julio 23, 2024

Reclamaciones e intervención diplomática (Primer Conferencia Internacional Americana, 1889)

La Conferencia Internacional Americana recomienda a los Gobiernos de las Naciones en ella representadas reconozcan como principios de Derecho internacional americano los siguientes:

1°. Los extranjeros gozan de todos los derechos civiles de que gozan los nacionales, y pueden hacer uso de ellos, en el fondo, la forma o procedimiento, y en los recursos a que den lugar, absolutamente en los mismos términos que dichos nacionales.

2°. La Nación no tiene ni reconoce a favor de los extranjeros ningunas otras obligaciones o responsabilidades que las que a favor de los nacionales se hallen establecidas en igual caso por la Constitución y las leyes.

[Adoptada el 18 de abril de 1890.]

Ver también

Decreto 52180/1934 – PODER EJECUTIVO – Prestando adhesión al Tratado de Renuncia a la Guerra – Pacto Briand-Kellog (27/08/1928)

PODER EJECUTIVO Decreto 52180/1934 Fecha de Publicación en B.O.: 14/03/1935 Ministerio de Relaciones Exteriores y …