lunes, diciembre 23, 2024

PROTOCOLO DE INGRESO DE ESPAÑA EN EL TRATADO DEL ATLÁNTICO NORTE. Bruselas, 10 de diciembre de 1981

Las Partes del Tratado del Atlántico Norte, suscrito el 4 de abril de 1949 en Washington,

En el convencimiento de que la seguridad en la zona del Atlántico Norte se verá reforzada con la accesión del Reino de España a dicho Tratado.

Acuerdan lo siguiente:

Artículo 1.º A la entrada en vigor de este protocolo, el Secretario General de la Organización del Tratado del Atlántico Norte, enviará, en nombre de todas las partes, una invitación al Gobierno de España para que se adhiera al Tratado del Atlántico Norte. De acuerdo con el artículo 10 de dicho Tratado, el Reino de España se convertirá en Parte de este Tratado en la fecha en que deposite su instrumento de ingreso ante el Gobierno de los Estados Unidos de América.

Artículo 2.º El presente Protocolo entrará en vigor cuando cada una de las Partes del Tratado del Atlántico Norte haya notificado su conformidad al Gobierno de los Estados Unidos de América. El Gobierno de los Estados Unidos de América informará a todas las Partes del Tratado del Atlántico Norte de la fecha de recepción de cada una de dichas notificaciones y de la fecha de entrada en vigor del presente Protocolo.

Artículo 3.º El presente Protocolo, cuyos textos en inglés y en francés dan fe por igual, será depositado en los archivos del Gobierno de los Estados Unidos de América. Este Gobierno enviará copias debidamente certificadas a los gobiernos de las otras Partes del Tratado del Atlántico Norte.

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Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). …