El “agrément” es un término internacional que describe el consentimiento inicial y confidencial otorgado por un Estado para acreditar al representante diplomático de otro Estado. Este proceso es fundamental en las relaciones diplomáticas entre naciones. El acto de otorgar este consentimiento se conoce como “beneplácito”. Es importante destacar que la negativa del beneplácito, es decir, la no aceptación de la persona propuesta, conlleva que en ese país se considere a la persona propuesta como “persona non grata”. Este rechazo puede llevar a la no acreditación del representante diplomático en el país de destino.
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Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). …