La admisión a las Naciones Unidas está regida por el Capítulo II, artículo 4, de la Carta de las NU, que establece que “podrían ser miembros de las NU todos los demás Estados amantes de la paz, que aceptaran las obligaciones consignadas en esta Carta”. La admisión de estos Estados se efectúa por decisión de la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad. Es importante mencionar que estos principios no afectaron los derechos de los miembros originales de las NU.
En los primeros años de existencia de las NU, la admisión de nuevos miembros se vio obstaculizada por la guerra fría entre las grandes potencias occidentales y la URSS. Entre 1945 y 1954, solo nueve Estados fueron unánimemente recomendados por el Consejo de Seguridad para su admisión. Sin embargo, en 1955, el primer año después de esta tensión, se admitieron dieciséis nuevos Estados, marcando un período de apertura en el proceso de admisión de miembros a las Naciones Unidas.
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