jueves, diciembre 26, 2024

Comisión Interamericana de Paz (Décima Conferencia Interamericana, Caracas – 1954)

La Décima Conferencia Interamericana,

Considerando:

Que la Comisión Interamericana de Paz ha sometido su segundo informe relativo a su establecimiento y actuación y un proyecto de resolución sobre su estructura y funcionamiento;

Que la convivencia pacífica ha sido siempre uno de los propósitos más elevados tanto de las repúblicas americanas individualmente como de la comunidad que hoy integra la Organización de los Estados Americanos; y

Que es conveniente consignar expresa y claramente la estructura y las normas básicas de actuación de la Comisión Interamericana de Paz,

Resuelve:

1. Expresar su confianza en la Comisión Interamericana de Paz y mantener dicho organismo, que fue establecido en virtud de la resolución XIV de la Segunda Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores.

2. Encomendar al Consejo de la Organización de los Estados Americanos que, a la mayor brevedad posible, redacte un nuevo estatuto para la Comisión Interamericana de Paz, con base en el proyecto preparado por la Comisión y sometido a esta Conferencia, y tomando en consideración asimismo las diversas enmiendas y observaciones sometidas por los gobiernos a la Conferencia y las que pudieran someter sus representantes cuando el Consejo discuta esta materia.

3. Que el proyecto a que se refiere el párrafo 2 sea oportunamente sometido a los gobiernos de los Estados Miembros antes de su aprobación final por el Consejo.

4. Que el actual estatuto continúe en vigor hasta cuando el nuevo sea aprobado por el Consejo.

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Nicolas Boeglin

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