La Décima Conferencia Interamericana,
Considerando:
Que es conveniente encontrar soluciones prácticas a los problemas que afectan a las economías de las países americanos y retardan sus posibilidades de desarrollo económico integral; y
Que la Novena Conferencia Internacional Americana, ratificando una decisión de la Conferencia de Río de Janeiro de 1947, convocó a una Conferencia Económica de la Organización de los Estados Americanos, con sede en la ciudad de Buenos Aires,
Resuelve:
1. Convocar a una reunión de Ministros de Hacienda o de Economía de los países Miembros de la Organización de los Estados Americanos, que será la Cuarta Sesión Extraordinaria del Consejo Interamericano Económico y Social.
2. Dicha reunión tendrá lugar en el cuarto trimestre del presente año de 1954, en la fecha que, de común acuerdo, convengan el Consejo Interamericano Económico y Social y el gobierno del país sede, la cual será dada a conocer con una anticipación de no menos de 60 días.
3. Agradecer la invitación formulada por el gobierno del Brasil y aceptar como sede de la reunión la ciudad de Río de Janeiro.
4. La reunión a que se refiere la presente resolución facilitará la Conferencia Económica de la Organización de los Estados Americanos, convocada para la ciudad de Buenos Aires por la resolución VIII de la Novena Conferencia Internacional Americana.
5. Acordar el siguiente temario provisional de la reunión, a fin de que, a más tardar el 31 de mayo, los gobiernos formulen sus observaciones al Consejo Interamericano Económico y Social, el cual las tendrá en cuenta antes de aprobarlo en definitiva.
Medidas Prácticas para la Solución de los Problemas que aquejan a las Economías de los Países Americanos:
a) Comercio internacional:
Precios y mercados Restricciones al comercio Promoción del comercio
b) Desarrollo económico:
Programación Financiamiento Cooperación técnica
c) Otros asuntos económicos y financieros.
6. El Consejo Interamericano Económico y Social tendrá a su cargo todo lo relacionado con la organización y el funcionamiento de la reunión y la preparación de la documentación.
7. El Consejo Interamericano Económico y Social solicitará, por los conductos regulares, del Secretario General de las Naciones Unidas, la colaboración de la Secretaría de la Comisión Económica para la América Latina en la preparación y desarrollo de la reunión. Igualmente procurará la colaboración y asistencia de otros organismos internacionales cuyas actividades se relacionen con el temario de la reunión.
8. Para el mejor éxito de la reunión, se solicita que los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos tomen las medidas de orden interno que sean necesarias a fin de que preparen y presenten proyectos y sugestiones concretas que puedan servir de base para las discusiones.
9. Pedir al Consejo de la Organización de los Estados Americanos que vote créditos adicionales al respectivo presupuesto de la Unión Panamericana, de acuerdo con el artículo 51 del Reglamento de ésta, para cubrir los gastos extraordinarios que ocasionen la preparación y el desarrollo de esta reunión.
Esta entrada fue modificada por última vez en 29/12/2020 07:06
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