Conferencias Internacionales Americanas

Participación de la mujer americana en los órganos del sistema interamericano (Décima Conferencia Interamericana, Caracas – 1954)

La Décima Conferencia Interamericana,

Considerando:

Que el artículo 107 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos “no reconoce restricción alguna en cuanto a la elegibilidad de hombres y mujeres para participar en las actividades y en los cargos de los diferentes órganos”:

Que la Organización de los Estados Americanos ha demostrado el más vivo interés por los problemas de todo orden; y

Que la mujer americana ha demostrado vivo interés y acentuada vocación por las diversas actividades de la Organización,

Resuelve:

Recomendar a los Estados Miembros, a la Unión Panamericana y a los Organismos Especializados, que faciliten a la mujer del Continente, en forma efectiva y de acuerdo con el artículo 107 de la Carta de la Organización, plena participación en los órganos e instituciones del sistema interamericano, ya existentes o que llegaren a crearse.

Esta entrada fue modificada por última vez en 29/12/2020 06:52

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