Conferencias Internacionales Americanas

Normas para el funcionamiento del Comité de Acción Cultural (Décima Conferencia Interamericana, Caracas – 1954)

La Décima Conferencia Interamericana,

Considerando:

Que la Carta de Bogotá creó el Comité de Acción Cultural como órgano permanente del Consejo Interamericano Cultural;

Que el Comité viene realizando una labor muy útil, con el mayor celo y competencia;

Que es de suma conveniencia que exista la más estrecha colaboración entre el Comité y el Departamento de Asuntos Culturales de la Unión Panamericana, secretaría ejecutiva del Consejo Interamericano Cultural y del propio Comité;

Que el gobierno de México viene ofreciendo tocias las facilidades necesarias para el funcionamiento del mismo Comité; y

Que es deseable asegurar el quorum requerido para su funcionamiento, Resuelve:

1. El Comité de Acción Cultural, comisión permanente del Consejo Interamericano Cultural, tendrá su sede en la ciudad de México.

2. Solicitar del Consejo de la Organización de los Estados Americanos que estudie, en consulta con el Consejo Interamericano Cultural, la organización y el funcionamiento del Comité de Acción Cultural y que recomiende a los gobiernos cualquier mejoramiento en la organización del Comité y su programa de trabajo, de manera de habilitarlo mejor para servir los intereses de las Estados Americanas en el campo de la cooperación cultural.

3. Recomendar que, al realizar este estudio, el Consejo de la Organización considere los siguientes puntos, además de cualquier otro que juzgue conveniente:

a) La posibilidad de asegurar el quorum necesario;

b) La necesaria coordinación entre el trabajo del Comité y el del Departamento de Asuntos Culturales de la Unión Panamericana; y

c) Los métodos a través de los cuales el Comité pueda contribuir más eficazmente al trabajo del Consejo Interamericano Cultural.

Esta entrada fue modificada por última vez en 28/12/2020 17:25

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