… adecuados, por sus raíces y procedimientos auténticamente democráticos, para promover el desarrollo económico y el bienestar social de los países del Continente;
Que el éxito del movimiento cooperativista depende fundamentalmente de la formación técnica y de la conciencia de los ideales cooperativistas de sus dirigentes; y
Que la experiencia adquirida por la Organización de los Estadas Americanos, a través de los centros regionales de adiestramiento cooperativo, justifica una ampliación de las actividades de la Unión Panamericana en este campo, Recomienda:
1. Que la Unión Panamericana preste asistencia técnica en el campo de la capacitación de los dirigentes de cooperativas, por medio de proyectas apropiados de cooperación con los gobiernos interesados y de programas anuales de carácter regional.
2. Que, dentro de las posibilidades financieras de la Unión Panamericana, dichos programas comprendan los siguientes puntos:
a) Adiestramiento y preparación de dirigentes cooperativos con conocimientos básicos de las técnicas complementarias; y
b) Realización de proyectos pilotos de desarrollo cooperativo.
3. Que periódicamente invite a los gobiernos e instituciones interesados a participar en seminarios regionales o interamericanos de cooperativismo y en otras reuniones que juzgue necesarias para examinar los problemas existentes y a conocer los progresos y experiencias de cada país en la materia.
4. Que preste especial atención al fomento y estímulo de las cooperativas rurales de crédito, producción, consumo, vivienda popular y finalidades múltiples, a cuyo efecto debe crear, si sus posibilidades financieras lo permiten, en la sección de cooperativas, servicios especializados en dichas materias y otras necesarias.
5. Sugerir a los países Miembros de la Organización de las Estados Americanos dar su apoyo al desarrollo de las cooperativas citadas y, en general, al movimiento cooperativista, y que en los países donde subsisten comunidades de indígenas se tienda a transformarlas, hasta donde sea factible, en cooperativas agrícolas de producción.
Esta entrada fue modificada por última vez en 28/12/2020 16:30
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