La Décima Conferencia Interamericana,
Considerando:
Que, de acuerdo con la Carta de Bogotá, corresponde a la Conferencia Interamericana determinar la acción y la política de la Organización de los Estados Americanos y al Consejo Interamericano Cultural promover el intercambio en la educación, la ciencia y la cultura; y
Que los Estados Miembros han sometido a la consideración de la Décima Conferencia Interamericana asuntos que son de la competencia del Consejo Interamericano Cultural,
Acuerda:
Que el Consejo de la Organización de los Estados Americanos, en la elaboración del programa de la Segunda Reunión del Consejo Interamericano Cultural, tenga en cuenta lo siguiente:
1. Someter a la consideración del Consejo Interamericano Cultural el documento presentado por la delegación de Cuba sobre introducción y bases para la Carta Cultural de América.
2. Someter a la consideración de dicho Consejo los siguientes puntos presentados por la delegación del Brasil:
a) Apoyo a la Escuela Normal Rural Interamericana y creación de una escuela normal superior para la preparación de profesores de las escuelas y facultades nacionales que formen maestros de enseñanza secundaria y normal;
b) Publicación de una revista de educación que contribuya a orientar, con sentido interamericano, a los educadores de América y facilite el intercambio de información entre los organismos encargados de la obra educativa;
c) Establecimiento de centros interamericanos para la formación de técnicos en ciencias sociales;
d) Aumento del número de archivos de información científico-social en toda la América;
e) Fomento de la enseñanza de las ciencias, naturales y sociales, en los establecimientos de enseñanza secundaria y universitaria, mediante la provisión de material y la formación de personal técnico, en conexión con el Programa de Cooperación Técnica de la Organización de los Estados Americanos;
f) Organización de un servicio de traducción, al inglés, al español, al portugués y al francés, de trabajos originales de científicos americanos; y
g) Entendimiento con los gobiernos de los Estados Miembros y las instituciones particulares de educación, para la creación, en las universidades y en las escuelas secundarias, de cursos de literatura americana.
3. Someter a la consideración del mismo Consejo el siguiente proyecto presentado por la delegación del Ecuador: Que los gobiernos de las Estados Miembros, teniendo en cuenta la resolución XVII de la Primera Reunión del Consejo Interamericano Cultural, traten de fomentar, donde no las haya, la creación de Casas de Cultura tales como las ya existentes en varios países americanos.
4. Someter a la consideración del propio Consejo la recomendación presentada por el Uruguay sobre la creación, en cada país, de una comisión nacional pro solidaridad americana, con los siguientes fines:
a) Informar al público de todo lo referente a la solidaridad americana y al significado del panamericanismo;
b) Organizar, en cada museo nacional, una sección de arte americano para la exhibición de obras representativas de todos los países del Continente:
c) Organizar actos artísticos, científicos, y de índole semejante, dirigidos a dar a conocer, en cada país, los hombres, las instituciones y la vida política, social y cultural de las demás naciones del hemisferio; y
d) Organizar viajes de buena vecindad entre los distintos países por medio de delegaciones de- artistas, profesionales, hombres de ciencia, estudiantes y obreros, con el propósito de vincular a los ciudadanos de las repúblicas americanas sobre la base de un conocimiento mutuo, personal y directo de hombres y pueblos; y
Recomienda:
Que el Consejo de la Organización de los Estados Americanos tome las medidas necesarias para dotar a la Unión Panamericana con los fondos adicionales para la ejecución de sus responsabilidades adquiridas como consecuencia de las decisiones tomadas en el campo cultural por la Décima Conferencia Interamericana.