La Cuarta Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores,
Resuelve:
Encomendar al Consejo Interamericano Económico y Social el estudio de medidas capaces de asegurar, una vez terminado el período de emergencia, la absorción progresiva, en actividades permanentes, de los factores de producción aplicados en las actividades de carácter transitorio.
Esta entrada fue modificada por última vez en 22/12/2020 11:52
LAUDO ARBITRAL DE 3 DE OCTUBRE DE 1899 (GUYANA C. VENEZUELA) [EXCEPCIÓN PRELIMINAR] Resumen del…
Ciertos activos iraníes (República Islámica del Irán c. Estados Unidos de América) Resumen del fallo…
APLICACIÓN DE LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN RACIAL…
APLICACIÓN DE LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN RACIAL…
Chinese Journal of International Law Volume 23, Issue 4, December 2024 ISSN: 1540-1650, EISSN: 1746-9937…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…