Felizmente terminadas ya las principales negociaciones que con tanta benevolencia acogí desde el principio, y que tan eficazmente he procurado se llevasen a cabo para la reconciliación de España y Méjico; y deseando como las autoridades de aquél país, anticipar los beneficios de la paz y del recíproco comercio a dos pueblos que nunca han debido dejar de mirarse como hermanos, he venido en decretar, como Reina Gobernadora, a nombre de mi Augusta Hija la Reina Doña Isabel II, lo siguiente:
Primero. No se volverá a emprender ni ejecutar por parte de mi Gobierno, ni por la de ninguno de sus súbditos, hostilidad alguna contra Méjico ni contra ciudadanos o habitantes de aquel país.
Segundo. Los Mejicanos que ya estuvieren o que de nuevo se presentaren o establecieren en España, serán tan bien tratados y considerados como los súbditos de Potencias amigas, y de la manera que corresponde al noble carácter de la nación Española.
Tercero. Los buques mercantes de Méjico serán admitidos como los de las naciones amigas en todos los puertos españoles habilitados para el comercio extranjero, sujetándose a las leyes y disposiciones vigentes respecto al mismo,
Tendréislo entendido y lo comunicaréis a quien corresponda para su cumplimiento. — Está rubricado por Su Majestad.
Palacio veintinueve de diciembre de mil ochocientos treinta y seis.— A don José María Calatrava, Presidente del Consejo de Ministros.
Esta entrada fue modificada por última vez en 12/04/2018 15:46
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