lunes, marzo 31, 2025

Real decreto considerando como Potencia amiga la República Mejicana: dado en Madrid a 29 de diciembre de 1836

Felizmente terminadas ya las principales negociaciones que con tanta benevolencia acogí desde el principio, y que tan eficazmente he procurado se llevasen a cabo para la reconciliación de España y Méjico; y deseando como las autoridades de aquél país, anticipar los beneficios de la paz y del recíproco comercio a dos pueblos que nunca han debido dejar de mirarse como hermanos, he venido en decretar, como Reina Gobernadora, a nombre de mi Augusta Hija la Reina Doña Isabel II, lo siguiente:

Primero. No se volverá a emprender ni ejecutar por parte de mi Gobierno, ni por la de ninguno de sus súbditos, hostilidad alguna contra Méjico ni contra ciudadanos o habitantes de aquel país.

Segundo. Los Mejicanos que ya estuvieren o que de nuevo se presentaren o establecieren en España, serán tan bien tratados y considerados como los súbditos de Potencias amigas, y de la manera que corresponde al noble carácter de la nación Española.

Tercero. Los buques mercantes de Méjico serán admitidos como los de las naciones amigas en todos los puertos españoles habilitados para el comercio extranjero, sujetándose a las leyes y disposiciones vigentes respecto al mismo,

Tendréislo entendido y lo comunicaréis a quien corresponda para su cumplimiento. — Está rubricado por Su Majestad.

Palacio veintinueve de diciembre de mil ochocientos treinta y seis.— A don José María Calatrava, Presidente del Consejo de Ministros.

Ver también

APLICACIÓN DE LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN RACIAL (AZERBAIYÁN C. ARMENIA) [MEDIDAS PROVISIONALES] Providencia de 22 de febrero de 2023 – Resúmenes de los fallos, opiniones consultivas y providencias de la Corte Internacional de Justicia

APLICACIÓN DE LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN RACIAL …