San José, Costa Rica, 01 de diciembre de 2017.- Con el objetivo de brindar mayor información y visibilidad al estado de cumplimiento de las reparaciones ordenadas en las Sentencias emitidas por la Corte Interamericana, se ha ido aumentando la información disponible tanto en el Informe Anual 2016 como en el sitio web oficial de la Corte. Actualmente, la Corte Interamericana tiene 186 casos en etapa de supervisión de cumplimiento, que implican la actual supervisión de 986 medidas de reparación. Se continuará este proceso de mejoramiento de la publicidad de la información.
‘‘Ponemos a disposición de los diferentes usuarios del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos esta herramienta que permitirá conocer de manera sencilla y ágil cuáles son las reparaciones que se encuentran bajo supervisión y cuáles han sido ya cumplidas por cada uno de los Estados’’, destacó el Presidente de la Corte Interamericana, Juez Roberto F. Caldas. ‘‘Se trata de un primer paso para mostrar de manera accesible el estado de cumplimiento de las reparaciones ordenadas por la Corte’’, agregó.
En la página web de inicio se encuentra un enlace denominado “Casos en Etapa de Supervisión”, dentro del cual se despliega un cuadro organizado por Estado en el orden cronológico en el que fueron emitidas las Sentencias. En el mismo se incluyen enlaces que dirigen directamente al usuario a:
Asimismo, en la página de inicio del sitio web se encuentra un enlace denominado “Casos Archivados por Cumplimiento” , dentro del cual se despliega un cuadro organizado por Estado en el orden cronológico en el que fueron emitidas las Sentencias, con los respectivos enlaces directos a la Sentencia que determinó las reparaciones y a las Resoluciones que se emitieron en cada caso durante la etapa de supervisión de cumplimiento hasta su archivo por cumplimiento total.
Adicionalmente, el Capítulo V (págs. 74 a 106) del Informe Anual correspondiente al año 2016 se encuentra dedicado a brindar información sobre las actividades de supervisión de cumplimiento efectuadas por el Tribunal.
Si en la Sentencia el Tribunal declara la responsabilidad internacional del Estado por alguna violación a la Convención Americana u otros tratados sobre los cuales tiene competencia, éste ordena las reparaciones pertinentes. En cada Sentencia se ordenan múltiples medidas de reparación, cuyo cumplimiento puntual y cumulativo es rigurosa y continuamente supervisado por la misma Corte en la etapa de supervisión de cumplimiento de sentencia. Al evaluar el cumplimiento de cada reparación el Tribunal efectúa un escrutinio estricto sobre la ejecución de sus diferentes componentes, así como que se materialice respecto a cada una de las víctimas beneficiarias de las medidas, siendo que la mayoría de casos tiene múltiples víctimas. La Corte ordena distintos tipos de reparaciones, que pueden ser agrupadas bajo las siguientes formas de reparación: (i) restitución, (ii) rehabilitación, (iii) satisfacción, (iv) garantías de no repetición; (v) obligación de investigar, juzgar y, en su caso, sancionar, (vi) medidas de carácter pecuniario (indemnizaciones compensatorias de daños materiales e inmateriales y reintegro de costas y gastos).
Tanto el número de reparaciones ordenadas, como su naturaleza y complejidad de cumplimiento impacta en el tiempo que un caso puede estar en la etapa de supervisión de cumplimiento. El archivo de un caso requiere el cumplimiento de todas y cada una de las medidas de reparación por parte del Estado encontrado internacionalmente responsable. De esta manera, no es inusual que algunos casos en etapa de supervisión de cumplimiento de Sentencia tengan pendiente el cumplimiento de solamente una medida de reparación, mientras que otros tienen pendiente el cumplimiento de múltiples reparaciones.
Desde la propia Sentencia, la Corte requiere al Estado la presentación de un primer informe de cumplimiento. El Tribunal efectúa la supervisión del cumplimiento de las Sentencias tanto a través de la emisión de resoluciones, la celebración de audiencias, la realización de visitas al Estado responsable y la supervisión diaria por medio de notas de su Secretaría. El Tribunal recibe información sobre el cumplimiento de las reparaciones ordenadas en la Sentencia a través de los informes del Estado y de las observaciones de los representantes de las víctimas y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, las cuales pueden ser presentadas, entre otros medios, por escrito, en las audiencias de supervisión que para tal efecto se convoquen y a través de visitas en el territorio del Estado responsable. Asimismo, a través de Resoluciones de supervisión de cumplimiento la Corte declara el cumplimiento total o parcial de las reparaciones ordenadas, solicita información acerca de las reparaciones pendientes de cumplimiento y se orienta a las partes sobre la forma de dar cumplimiento a las reparaciones. No es sino hasta que el Estado da cumplimiento a todas y cada una de las medidas de reparación ordenadas en la Sentencia, que la Corte cierra la etapa de supervisión de cumplimiento y, en consecuencia, ordena el archivo del caso. Actualmente, la Corte no hace públicos los informes y escritos de observaciones presentados por las partes, las audiencias privadas ni visitas de supervisión, sino únicamente las resoluciones que emite, en las cuales valora la información obtenida por esos medios.
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El presente comunicado fue redactado por la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo que es de responsabilidad exclusiva de la misma.
Para mayor información favor de dirigirse a la página de la Corte Interamericana http://www.corteidh.or.cr o envíe un correo dirigido a Pablo Saavedra Alessandri, Secretario a corteidh@corteidh.or.cr.
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