Un grave error de la política exterior argentina que debe ser revertido en forma urgente
El martes 13 de septiembre se firmó en la ciudad de Buenos Aires un Comunicado Conjunto de los vicecancilleres de la República Argentina y el Reino Unido que incluye un capítulo sobre el Atlántico Sur con propuestas sumamente graves para el interés nacional argentino, las que se encuentran en contradicción con la cláusula transitoria primera de la Constitución Nacional, la Ley Nacional N° 26.659 de exploración y explotación de hidrocarburos en la Plataforma Continental y sus modificatorias, la Ley Nacional N° 23.755 de provincialización del Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y la Ley Nacional N° 26.552 que establece los límites definitivos de esta nueva Provincia, el Decreto 256/10 sobre Transporte Marítimo, dictado con fundamento en la manda constitucional y en estas dos últimas leyes, las normas dictadas por el Mercosur con relación a las restricciones al apoyo logístico aéreo y marítimo de la colonia británica de las Islas Malvinas, la Declaración de Ushuaia, que fuera ratificada por la Cámara de Diputados de la Nación el 21 de marzo de 2012, la presentación argentina ante la Comisión del Límite de la Plataforma Continental de la CONVEMAR del 22 de abril de 2009 y la impugnación realizada ante dicha Comisión de la presentación del Reino Unido sobre la plataforma continental de las Islas Malvinas, la cual ni siquiera formó una Subcomisión para analizarla a raíz de la objeción presentada por nuestro país, y aún las resoluciones 31/49 y 2065 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Como Coordinador del Departamento del Atlántico Sur quiero manifestar por este medio que estas propuestas de políticas para el Atlántico Sur constituyen un grave error de los responsables de la diplomacia argentina, que de no ser revertido en forma urgente, tendrán como resultado demoler una política de Estado mantenida desde hace más de 50 años a partir de la aprobación de la Resolución 2065 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, además de ser contrarias a la legislación interna establecida con respecto a la problemática del Atlántico Sur y muy especialmente, tratarse de propuestas que vulneran lo establecido en la cláusula transitoria primera de la Constitución de la Nación Argentina.
La filosofía de este Comunicado Conjunto, en el que se plasman los conceptos vertidos por los responsables de la política exterior argentina desde el 10 de diciembre de 2015 hasta la fecha en distintas entrevistas, conferencias y medios periodísticos, especialmente los diarios The Financial Times y The Guardian de la ciudad de Londres, es que la Argentina tiene que recomponer sus relaciones con el Reino Unido, país al que la une una antigua amistad “basada en la complementariedad de dichas naciones orientada al fortalecimiento de la relación bilateral”1
Existe indudablemente un error de diagnóstico que conduce al fracaso. La República Argentina no puede tener relaciones plenas con el Reino Unido porque el mismo ocupa con sus fuerzas militares parte de su territorio, usufructo los recursos vivos marinos de la zona económica exclusiva reconocida a nuestro país por la CONVEMAR, realiza exploración ilegal de los hidrocarburos existentes en la plataforma continental argentina, niega a los ciudadanos argentinos adquirir tierras o invertir y hasta residir en el archipiélago de las Islas Malvinas, pese haber firmado con el Gobierno argentino el 11 de septiembre de 1999 un tratado para la promoción y protección de las inversiones, no permite a líneas aéreas nacionales volar a las Islas Malvinas y ha obstruido constantemente la posibilidad que buques de superficie lleguen al archipiélago, pese a que la diplomacia británica firmó el Acuerdo de Londres del 16 de octubre 1999, complementado con las notas reversales del 23 de febrero de 2001. Además, se ha opuesto a la presentación de la República Argentina ante la Comisión del Límite de la Plataforma Continental de la CONVEMAR y al enterarse el 11 de marzo de 2016 que la misma fue aprobada, reconociendo a nuestro país derechos soberanos, exclusivos y excluyentes sobre los recursos del lugar 2, su primer ministro minimizó esta decisión y manifestó que la misma no era “legalmente obligatoria para el Reino Unido”. 3
Sin embargo, el diagnóstico de la diplomacia argentina es tan alejado de la realidad que llevó a la señora canciller, Ingeniera Susana Malcorra, a declarar que el tema de las Islas Malvinas no sería ya el tema dominante entre Buenos Aires y Londres, que durante las últimas administraciones el mismo se habría sobre enfocado, y que si bien se encuentra plasmado en la Constitución Nacional habría que explorar el diálogo y la asociación más allá de Malvinas, ya que este reclamo no debe “distraer la atención de temas bilaterales más importantes como el comercio y la inversión”4. Posteriormente, en otra intervención muy poco feliz para los intereses argentinos, expresó en Londres que en la cancillería a su cargo estaban considerando la exploración de hidrocarburos alrededor de las Islas Malvinas por medio de joint ventures argentino-británicos; y que deberíamos encarar políticamente negociaciones con un enfoque de “buen vecino”.5 Cualquier alumno de Relaciones Internacionales o de Derecho Internacional Público sabe que las “relaciones de vecindad” se dan con los países limítrofes. Las desafortunadas palabras de un canciller pueden fijar un precedente peligroso.
Es indudable que en el imaginario de la nueva política exterior argentina se encuentra la idea de compartir con el país que ocupa militarmente nuestro territorio los recursos naturales que la Comunidad Internacional ha establecido que nos pertenecen, reconociendo que tendríamos “fronteras con el Reino Unido”, que la cláusula transitoria de la Constitución Nacional es un escollo que se puede eludir cumpliendo con un reclamo rutinario ante los foros internacionales, y que esto no debe distraer la atención de los temas realmente importantes, que son los negocios británicos. Esto ha quedado expresamente plasmado en el Comunicado Conjunto del 13 de septiembre de 2016 cuando expresa: “En un espíritu positivo, ambas Partes acordaron establecer un diálogo para mejorar la cooperación en todos los asuntos del Atlántico Sur de interés recíproco. Ambos Gobiernos acordaron que la fórmula de soberanía del párrafo 2 de la Declaración Conjunta del 19 de octubre de 1989, se aplica a este Comunicado Conjunto y a todas sus consecuencias 6. En este contexto se acordó adoptar las medidas apropiadas para remover todos los obstáculos que limitan el crecimiento económico y el desarrollo sustentable de las Islas Malvinas, incluyendo comercio, pesca, navegación e hidrocarburos. Ambas Partes enfatizaron los beneficios de la cooperación y de un compromiso positivo de todos los involucrados”. Ni una palabra de comenzar negociaciones bilaterales para solucionar el tema de la soberanía sobre los territorios usurpados en el marco de las resoluciones de las Naciones Unidas.
Antes de esbozarse esta nueva política exterior el mandato de la Comisión de Pesca del Atlántico Sur se encontraba congelado y la misma no se reunía desde hacía más de diez años, en 2007 se había denunciado el acuerdo de exploración y explotación de hidrocarburos en el mar que solo había beneficiado al Reino Unido, lo que le otorgaba ilegitimidad jurídica internacional a esta nueva campaña de prospección hidrocarburífera iniciada por Gran Bretaña en 2010, estaban prohibidos los vuelos charter a las Islas Malvinas desde terceros países y el resto de los países del Mercosur se habían comprometido a no facilitar conectividad aérea o marítima al archipiélago, ante la negativa británica de restablecer los vuelos entre la Argentina continental y las Islas Malvinas pese al compromiso asumido en el Acuerdo de Londres de 1999. Lo que le ha ocasionado al Reino Unido y a las empresas que operan ilegalmente en el área de las islas costosísimos problemas logísticos. Finalmente, el 25 de junio de 2015 la Jueza Federal de Río Grande había ordenado embargos por más de 156 millones de dólares sobre bienes y activos de las empresas británicas y estadounidenses denunciadas por el gobierno argentino por la exploración y explotación ilegal de hidrocarburos en las Islas Malvinas de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional N° 26.659 y sus modificatorias.
En el plano internacional la República Argentina había logrado el apoyo de la OEA, el Mercosur y los Estados Asociados, la Unasur, la CELAC, el Grupo de los 77 más China, las cumbres de los países Árabes y América Latina y Africanos y América Latina, quienes acompañaron el reclamo por la ilegítima campaña hidrocarburífera británica en el Atlántico Sur, violatoria de la resolución 31/49 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Es necesario continuar con una verdadera política de Estado, no desmontando los obstáculos para la presencia del Reino Unido en el enclave colonial de las Islas Malvinas. Solo la continuidad y la coherencia de nuestra política exterior nos permitirán seguir avanzando y tener siempre presente el objetivo central que son nuestros derechos soberanos sobre las islas y sus proyecciones sobre el Atlántico Sur.
Carlos Alberto Biangardi Delgado
Coordinador
Departamento del Atlántico Sur
IRI – UNLP 2016
3 – Declaraciones del primer ministro David Cameron del 29 de marzo de 2016 reproducidas por la prensa argentina.
4 – Diario Clarín de la ciudad de Buenos Aires, edición del día 18 de mayo de 2016, reproduciendo noticia publicada en The Financial Times, de Londres.
6 – En realidad la cláusula de reserva de derechos de soberanía siempre fue utilizada por la diplomacia británica para diferir sine die el comienzo de las negociaciones bilaterales por el tema de la soberanía, con la actitud complaciente de la diplomacia argentina, que siempre confió en la buena fe del Reino Unido.
Esta entrada fue modificada por última vez en 21/09/2016 14:41
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