La Confederación Panamericana de Carreteras tuvo su génesis en la Comisión Panamericana de Carreteras, constituida como resultado indirecto de una resolución de la Quinta Conferencia Internacional Americana (Santiago de Chile, 1923) sobre “Facilidades Panamericanas de Transporte por Medio de Ferrocarriles o Automóviles,” cuyo inciso 8o se refería a la celebración de una “Conferencia de Carreteras de Automóviles” en la fecha y lugar que determinara el Consejo Directivo de la Unión Panamericana. Dicha Unión, la Alta Comisión Interamericana (infra, núm. 26) y los Departamentos de Agricultura y de Comercio de los Estados Unidos, decidieron que sería conveniente reunir un grupo de expertos representativo de todas las Repúblicas americanas, antes de ejecutar la resolución de la Quinta Conferencia, al cual quedarían encomendadas las disposiciones preliminares para la propuesta asamblea. El grupo así formado, o sea la Comisión Panamericana de Carreteras, reunido en el Palacio de la Unión Panamericana el día 1º de julio, 1924, redactó en forma preliminar los estatutos de la “Confederación Panamericana de Educación Vial.” Subsecuentemente, en octubre de 1935, la Comisión de Carreteras celebró otra reunión en la ciudad de Buenos Aires, durante las sesiones de la ya referida Conferencia de Carreteras (el Primer Congreso Panamericano de Carreteras; véase supra, Apéndice A, núm. 33), en cuya ocasión adoptó estatutos permanentes para la Confederación, a la cual trasladó sus propias fundones.
Esta asodación interamericana, integrada por federaciones nacionales de educación vial y por otras entidades análogas, funciona de acuerdo con la Constitución y Reglamentos aprobados para día durante el Primer Congreso de Carreteras, y de conformidad también con otras resoluciones pertinentes de los Congresos de Carreteras posteriores. El Tercero de dichos Congresos (Santiago de Chile, 1939; véase supra, Apéndice A, núm. 35) cambió el nombre del organismo, denominándolo “Confederación Panamericana de Carreteras.”
Las finalidades de la Confederación son: estudiar y propagar en los distintos países los principios fundamentales que contribuyen al desarrollo de carreteras adecuadas; establecer un intercambio de ideas relativas a tal desarrollo; estudiar los medios de enlazar unos con otros los diferentes sistemas nacionales, con el propósito de formar un sistema panamericano de carreteras, y encargarse de varias fundones reladonada con la Carretera Panamericana; cooperar a la ejecución de los acuerdos aprobados por los Congresos Panamericanos de Carreteras. Entre los trabajos realizados ya por este organismo, merece mención especial la redacción del proyecto previsto en la resolución de la Octava Conferencia Internacional Americana (Lima, 1938; véase supra, pág. 62) referente a la reglamentación del tráfico automotor y a la revisión de la Convención sobre esa materia suscrita en 1930 en la dudad de Washington. Dicho proyecto fue sometido para las observaciones del Cuarto Congreso de Carreteras (México, D. F., 1941; véase supra, Apéndice A, núm. 36), el cual lo aprobó, recomendando que la correspondiente Convención se transmitiera a la Unión Panamericana donde quedaría abierta a las firmas de los gobiernos.
Actualmente, catorce Estados se hallan representados en la Confederación, a saber: Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos de América, México, Nicaragua, Panamá, Perú, Uruguay. Los fondos de esta asodación se derivan de doNaciones contribuidas por ind ustrias automovilistas o por otras industrias análogas. La Confederación tiene sus Oficinas en Washington, en el Palado de la Unión Panamericana.
Obras a consultar: Para la predtada resolución de la Quinta Conferencia, véase: Conferencias Internacionales Americanas, 1889-1936 . . . (Washington, 938), pág. 276. La Confederación Panamericana de Educación Vial: Sus Aspiraciones y Propósitos, Constitución y Reglamento Interno (Segunda Edición. Publicada por la Confederación Panamericana de Educación Vial, Unión Panamericana, Washington, D. C.) [Folleto sin fecha.) Unión Panamericana, “Serie sobre Congresos y Conferencias,” No. 42, Medidas Adoptadas por la Unión Panamericana para Llevar a Efecto las Resoluciones Aprobadas porta Octava Conferencia Internacional Americana y Ciertas Convenciones y Resoluciones de Otras Conferencias Interamericanas: Informe Presentado a los Miembros del Consejo Directivo por el Director General, Octubre, 1942 (Washington), pág. 19.
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