Celebrada en cumplimiento de ciertas disposidones prescritas en la Convención sobre Derecho Internacional, aprobada en Río de Janeiro, en el año de 1906, por la Tercera Conferencia Internacional Americana, y modificada por el Protocolo, o convenio suplementario, suscrito el día 15 de enero de 1912 por el Consejo Directivo de la Unión Panamericana. La redacción del tal Protocolo se había hecho necesaria, porque una estipulación de la Convención de 1906 señalaba el año de 1907 como fecha de la primera reunión; a la expiración del plazo designado, la Convención todavía se hallaba ratificada solamente por unos pocos gobiernos, por lo cual la convocación de dicha reunión fue aplazada tácitamente hasta el año de 1912.
Países representados: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos de América, Guatemala, México, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay, Venezuela. El Delegado de la República de Santo Domingo estaba todavía en camino para Río cuando se clausuraron las sesiones de la Reunión.
La Junta estableció seis comisiones, clasificadas en dos grupos principales y encargadas respectivamente de estudiar los temas especiales indicados a con tinuación: Grupo I, Derecho Internacional Público.—(1) Comisión de Washington (sobre guerra marítima, y derechos y deberes de los neutrales); (2) Comisión de Río de Janeiro (sobre guerra terrestre, guerra civil, y redamaciones provenientes de tales guerras); (3) Comisión de Santiago de Chile (sobre el estado de paz); (4) Comisión de Buenos Aires (sobre solución padfica de conflictos, y organización de tribunales Internacionales); Grupo II, Derecho Internacional Privado.—(5) Comisión de Montevideo (sobre capaddad, condición de los extranjeros, derecho de familia, sucesiones); (6) Comisión de Lima (sobre todo lo que no viniera a ser comprendido en las materias ya enumeradas, inclusive el derecho penal). Se acordó proseguir las investigaciones de la Junta por medio de estas sds comisiones hasta la celebración, en 1914 y en la misma capital brasileña, de la segunda reunión plenaria. (Aplazada subsecuentemente la tal reunión, debido a la guerra mundial, tuvo lugar por fin en el año de 1927.)
Obras a consultar: Para el texto de la predtada Convención de Río de Janeiro, véase: Conferencias Internacionales Americanas, 1889-1936. . . (Washington, 1938), pág. 129.—Junta Internacional de Jurisconsultos, Actas, Resoluciones y Documentos. Primera Reunión en Rio de Janeiro, 26 de junio-19 de julio de 1912 (Río de Janeiro, 1914).—Ó2d Congress,3d Session, House of Representa ti ves Document No. 1343: Report of the United States Delegation to the International Commission of Jurists, Rio de Janeiro, June, 1912 (Washington, 1913).
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