Segundo Congreso Interamericano de Turismo. México, D.F., 15-24 de Septiembre, 1941

Convocado por el Gobierno de México, en cumplimiento de una moción aprobada por el Primer Congreso. Organizado con la colaboración de la Oficina de Turismo de la Unión Panamericana, en su carácter de Secretariado Internacional Permanente de los Congresos Interamerícanos de Turismo. Ya que estuvo reunido al mismo tiempo y en la misma ciudad que el Cuarto Congreso Panamericano de Carreteras (supra, núm. 36), celebró algunas sesiones conjuntamente con éste.

Países representados: Todas las Repúblicas americanas y el Dominion del Canadá mandaron delegaciones oficiales al Segundo Congreso de Turismo. Estuvieron representados, también, varios sindicatos hoteleros, sociedades de transporte, y otras asociaciones interesadas en el turismo.

El Congreso aprobó un gran número de conclusiones relativas en parte a las siguientes materias: franquicia postal y aduanera interamericana para la publicidad turística así como para la importación de artículos típicos y de uso personal de los turistas, y designación de una comisión especial encargada de estudiar este problema y de formular un proyecto de convenio sobre el mismo, el cual se sometería al Tercer Congreso de Turismo; permisos especiales para el arribo de yates, para la importación temporal de aeroplanos, etc.; acción gubernamental para el fomento del turismo; desarrollo de sistemas panamericanos de carreteras, y uso de embarcaciones adecuadas para establecer la comunicación entre los países del Caribe y la Carretera Panamericana; fomento del turismo escolar; mejoramiento de transportes terrestres marítimos y aéreos; viajes interamencanos de grupos especiales; cambio de moneda; creación de consejos nacionales de turismo; acción turística de la Unión Panamericana (designación de la Unión como depositaría de las actas originales ydocumen tos de los Congresos Interamericanos de Turismo, etc.); establecimiento de la Asociación Interamericana de Hoteles, y de la Federación Interamericana de Automóvil Clubs (supra, núms. 47 y 36, e infra, Apéndice B, núms. 16 y 17); adopción de la tarjeta de turismo interamericano; designación de Buenos Aires como sede del Tercer Congreso Interamericano de Turismo; fomento de publiddad turística mediante la acción de las empresas manufactureras de automóviles; redacaón y distribuaón de un “Album Interamericano del Turista.” El Congreso de Turismo recomendó, además, conjuntamente con el Cuarto Congreso Panamericano de Carreteras, que los Gobiernos americanos autorizasen a sus embajadores o ministros acreditados en Washington, para subscribir una convención redactada en forma de proyecto por los dos Congresos y titulada “Convención Interamericana sobre la Reglamentación del Tránsito Automotor Internacional; Régimen de Importación Temporal de Vehículos y Fadlidades para el Turismo.” Dicha Convención tenía por objeto reglamentar la drculación e importación de vehículos y facilidades de turismo en la misma forma que se encontraba en vigor para todos los países que habían ratificado la Convención de París de 1936. Corresponde advertir, además, que contenía una dáusula referente al “ pase Internacional de aduana” recomendado por el Primer Congreso de Turismo y por la Federación Interamericana de Automóvil Clubs. Mediante otra resolución del Segundo Congreso, quedaron formuladas dertas disposidones para el establedmiento y organización, con la cooperación del Instituto Panamericano de Geografía e Historia (infra, Apéndice B, núm. 47), de un Instituto Interamericano de Turismo (proyecto que todavía no se ha llevado al cabo).

Obras a consultar: Unión Panamericana, “Serie sobre Congresos y Conferencias,” No. 36 [?#]: Segundo Congreso Interamericano de Turismo, México, D.F., septiembre 15-24, 1941: Acta Final (Oficina de Turismo, Unión Panamericana, Washington). [Folleto mimeografiado, en el cual está induido el texto de la referida Convención sobre reglamentación del tránsito automotor (Apéndice III, pág. 37 de dicho folleto).] “Second Inter-American Travel Congress,” Bulletin of the Pan American Union, Vol. LXXVI (1942), pág. 162.

Esta entrada fue modificada por última vez en 30/09/2014 21:42

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